Miércoles 30 de setiembre de 2020




Previsible pero no deja de sorprender el grado de “manipulación de la información” al que llegan los dos diarios y sus portales virtuales mas importantes y leídos de la Argentina. En lugar de cumplir con el deber que les compete de informar a la ciudadanía, se sostienen en una ficción a la que fuerzan todo desarrollo de decires y sucesos, ya en lo político, ya en lo económico, con claras posiciones respecto a los intereses que defienden. El problema no radica allí. El problema es que se autodefinen como informadores “verdaderos” y “honestos” en lo que hacen, cuándo en realidad defienden intereses monopólicos, transnacionales y financieros, a favor de sus propios negocios (De los que esos diarios forman parte como empresa) y de sus anunciantes.

Lo que efectivamente sucedió ayer es que la Corte Suprema de Justicia resolvió aceptar el pedido de Per-Saltum … de tres jueces que fueron trasladados de sus tribunales originales por decreto del entonces presidente Macri, sin haber cumplido con todos los pasos legales correspondientes, que incluían un acuerdo del Senado. El Senado actual, revisando esas designaciones (No solo la de los tres jueces en esta condición sino todas las nominaciones muchas de las cuales fueron realizadas correctamente y no ameritaron ninguna acción), resolvio que la de los Jueces Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Germán Castelli, fuera revocada por lo cual deberían regresar a sus tribunales de origen.

El tribunal aceptó tratar ese recurso excepcional, pero aún no resolvió nada sobre la discusión de fondo que atañe a la validez de los nombramientos en juego. Pero ademas, y mas allá de las consideraciones que atribuyen la decisión a una combinación de factores: una cuota de concesión ante las presiones de la oposición política y sus medios afines en las últimas semanas, con una advertencia de que son ellos, los supremos, quienes en definitiva pueden tener la última palabra para disponer la suerte de las designaciones que el oficialismo en la Cámara alta y los decretos del Poder Ejecutivo dejaron sin efecto, la sentencia solo acelera los tiempos y le prohíbe al Consejo de la Magistratura que reemplace a los jueces, no los regresa a los lugares de los cuales han sido removidos por el Senado.

Volviendo al tratamiento mediático del tema, lo que llama la atención es que, en lugar de analizar el asunto y proponer distintas miradas al respecto, en sus titulares apuntan, cada uno, desde sus lugares de supuesta independencia y apego a la verdad, dos lineas de razonamiento tribunero y futbolero: Clarín con su clásico: Corte vs Vicepresidenta (Lease Rosenckratz vs Cristina Kirchner), el Segundo, un poco mas amplio República (Cortesana) vs Gobierno (popular), obviamente el sentido entre parentesís es mío y advierte sobre el mismo asunto desde su posición antagónica, que si existe … ya demuestra el sesgo con el que ambos medios reproducen la información … nada mas alejado de la verdad y la independencia respecto al tratamiento de un tema, en tanto y en cuanto lo plantean como enfrentamiento (que no lo es) y claramente ellos se colocan a favor de uno de los equipos y en contra de otros. 


 He aquí una postal de sus titulares como referencia clara de esto que expreso:

Diario Clarín: 

Traslado de jueces

Cristina Kirchner, artífice de otro latigazo de la Corte Suprema

La renovada prepotencia de la vice y el acompañamiento presidencial hicieron que el Tribunal volviera a actuar de manera unificada.

Opinión Eduardo van der Kooy

Por unanimidad

Qué dice el fallo que le pone un freno a la vicepresidenta

Alto impacto

La reacción oficial ante la decisión de la Corte de aceptar el per saltum

Del editor

¿Y ahora qué maquinará Cristina?

Opinión

Ricardo Roa

El diario La Nación:

El escenario. Una derrota política y judicial

El fallo de la Corte indica que prevalecieron los intereses de las instituciones en un momento crítico; no es poco, sobre todo cuando falta coherencia entre los gobernantes

Por Joaquín Morales Solá

Revés para el Gobierno. Cómo se gestó el sorpresivo fallo de la Corte

Por Hernán Cappiello

Respuesta. El Gobierno criticó a la Corte y cargó contra la oposición y los medios

Por Santiago Dapelo

Nada de esto es cierto, porque de un modo u otro (Ese otro es si la Corte hubiese denegado el pedido de Per-Saltum, que solo significaba que las causas seguían en instancias inferiores), de igual modo, hubieren llegado a la Corte como instancia última, solo que en tiempos mas extensos, pero como positividad, como mayores argumentaciones jurídicas de todas y cada una de las instancias inferiores, que, obviamente hubiesen sido mayores limites al poder de los Cortesanos, en tanto y hasta la última resolución de Cámara conocida el Lunes, todas y cada una de las instancias venían fallando a favor de la resolución del Senado y dando curso al Consejo de la Magistratura para iniciar el proceso de nombramiento de los jueces según marca la Constitución Nacional.

Pero además, se encargan, los miembros de la Corte en los argumentos jurídicos que sostienen para aceptar el pedido de per-Saltum, de aclarar expresamente que el asunto trasciende el marco de las designaciones de los tres jueces en cuestión, en tanto la necesidad de definir de una vez, y para que no vuelvan a ocurrir situaciones como estas, el mecanismo apropiado para que los jueces sean removidos de sus juzgados o ocupen subrogancias o sean efectivamente designados a otros, “planteo constitucional ventilado en estas actuaciones excede el mero interés de las partes en el presente proceso y atañe al de la comunidad, desde que está en juego a interpretación constitucional de los traslados de jueces federales”. “El recurso concierne de modo directo a los procedimientos constitucionales que regulan la integración de los tribunales que --conforme ha señalado esta Corte-- han sido inspirados en móviles superiores de elevada política institucional, con el objeto de impedir el predominio de intereses subalternos sobre el interés supremo de la justicia y de la ley”

El problema de como los dos medios de comunicaciones de mayor alcance en el país, realizan el tratamiento de la información también es mas relevante que el que se desprende del enfrentamiento por intereses económicos o en el llamado “periodismo de Guerra” que aún sostienen estos medios con la vicepresidente Cristina Fernández de Kirchner, en tanto y en cuanto privan a buena parte de la ciudadanía, asiduos consumidores de estos medios, de un debate mucho mas rico respecto al orden democrático y a como sus instancias institucionales debería resolver conflicto entre poderes derivados de sus capacidades de independencia pero también de controles recíprocos para que ninguno de los tres poderes se arrogue facultades sobre los otros, subvirtiendo el sentido de nuestra constitución nacional. 


 Nos privan así de un debate muy rico y sustancial que podría estar dándose si encauzarán sus roles como Cuarto poder, en la transmisión y comunicación de datos e información y no en sus posturas futboleras y para colmo que han decidido no jugar de árbitros, sino claramente en favor de uno de los equipos … el de sus negocios. 

Rebelión en la granja

La movilización a la casa de Ricardo Lorenzetti en Rafaela no es algo que se vea todos los días. El empuje de sectores vinculados a Elisa Carrió es una certeza para el juez del máximo tribunal, aunque en el entorno de la diputada lo nieguen enfáticamente. Los ojos se posaron en Corina Vecchioli, ex candidata de Cambiemos en 2019 a intendenta de Rafaela. Y, aunque suene atípico para una figura del sistema, en los medios de comunicación. Así se lo hizo saber María Bourdin a Pablo Casey y a Fernán Saguier. Y el propio Lorenzetti a Jorge Rendo.

Alberto Fernández, Horacio Rodríguez Larreta, Sergio Massa, Eduardo de Pedro, María Eugenia Vidal fueron algunos de los nombres que se comunicaron en forma privada con el magistrado. También lo hizo el ex ministro Germán Garavano aunque nadie del entorno de Mauricio Macri que sí publicó un tuit en el que primero equivocó el apellido del Presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz, y luego mencionó a todos los supremos cuando el único agredido había sido el rafaelino. “Le faltó poner la dirección de cada uno”, bromeaba una fuente del cuarto piso del palacio de Tribunales.

Para evitar hacer análisis sólo con la parte estética del asunto, es importante recordar que el kirchnerismo nunca fue a la casa de Macri como sí la oposición a la de Cristina Kirchner ni escrachó jueces a domicilio. Tampoco difundió teléfonos personales que derivaron en amenazas como le ocurrió a Sergio Massa y Malena Galmarini ni espió a familiares de víctimas como la gestión anterior a los del ARA San Juan. “El republicanismo se puso áspero”, diría el colega Gabriel Morini.

De la Justicia


La Corte Suprema admitió el per saltum que presentaron los jueces Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Germán Castelli, movidos a dedo por el macrismo y que se resisten a volver a los tribunales para los cuales fueron designados. Hasta que se decida la cuestión de fondo, el Consejo de la Magistratura no deberá cubrir sus cargos. El voto de la mayoría salió con las firmas de Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda, Elena Highton de Nolasco y Horacio Rosatti. El presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz, hizo un voto por separado de sus colegas pero también admitió como válido el per saltum presentado por los tres jueces.

Para aceptar un per saltum, la ley requiere que exista gravedad institucional, en el sentido de que exceda el mero interés de las partes. La Corte dice que eso sucede en el caso, porque más allá del interés de los dos jueces, hay que definir cuál es el alcance de los traslados de jueces federales, lo que importa para todo el sistema judicial.Se trata de analizar los procedimientos constitucionales que regulan la integración de los tribunales. lLa Corte se basa en los precedentes anteriores sobre temas de independencia y organización del poder judicial (Fallos: 330: 2361, "Aparicio" Fallos: 338:284, considerando 17 y “Uriarte”, considerando 11, Fallos: 338:1216) .

La resolución se produjo después de que el presidente del máximo tribunal convocara a un acuerdo extraordinario para tratar los planteos de los tres jueces que se resisten a volver a sus tribunales de origen. Rosenkrantz fue también, de hecho, el más explícito de todos los supremos a la hora de abrirles la puerta a los tres jueces atrincherados. “No debe perderse de vista que, además de los magistrados en esta causa, múltiples jueces han quedado sujetos, actual o potencialmente, a un procedimiento especial para revisar ex post facto sus traslados”, escribió Rosenkrantz en su voto.“De asistirles razón a los recurrentes, esta situación podría constituir una grave afectación de la inamovilidad de todos los jueces que se encuentran en similares condiciones, lo que muestra el impacto sistémico de la decisión a la que en definitivamente se arribe”, escribió el presidente del máximo tribunal. Según contaron desde la Corte, cuatro de los supremos, Rosenkrantz, Lorenzetti, Maqueda y Rosatti participaron del acuerdo desde el mismo Palacio de Tribunales. La quinta jueza, Highton, se conectó desde su casa para debatir con el resto de sus colegas. Tanto Rosatti como Lorenzetti venían participando de las reuniones de la Corte por vía remota desde Santa Fe, pero volvieron a Buenos Aires para este acuerdo. En el caso, del expresidente del tribunal lo hizo después de un escrache que sufrió en su casa de Rafaela y que habría estado organizado, por una dirigente cercana a Elisa Carrió.

La decisión fue tomada luego de un escrache a Ricardo Lorenzetti y en medio de fuertes presiones del macrismo de medios hegemónicos para que el fiel de la balanza se inclinara hacia la admisión de los supremos de un recurso que se considera reservado a circunstancias de gravedad extraordinarias.

En el tribunal miraban con atención los pasos que daba la sala V de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, que ya les rechazó una cautelar a Bruglia y Bertuzzi, pero debe decidir sobre el recurso de amparo planteado por ellos, es decir, si son válidos o no sus traslados desde un tribunal oral a la Cámara Federal de Comodoro Py.

Si esa Cámara se expedía antes del acuerdo de los cortesanos, el per saltum perdería razón de ser, quedaría abstracto. Pero ocurrió algo sorpresivo: los dos jueces que analizaban el tema, Jorge Aleman y Guillermo Treacy, quedaron en posiciones enfrentadas: uno quiere anular el fallo de primera instancia de la jueza María Biotti, que rechazó el amparo de los jueces, y para el otro hay que avalarlo y cuestionar los traslados. Esta situación llevó a la necesidad de que se sortee un tercer juez (el otro integrante de la sala está excusado, Pablo Gallegos Fedriani, porque llegó al tribunal por un traslado), pero increíblemente había problemas con el sistema informático. El sorteo se realizó mientras la Corte estaba en acuerdo y salió en suerte la jueza Clara Do Pico. Sin embargo, la atención volverá a estar centrada en la Procuración General y en la Corte, que ya pidió todo el expediente para analizar el fondo. La ofensiva de Rosenkrantz en favor del trío de jueces BBC comenzó dos semanas atrás, cuando abandonó su bajo perfil y dio a entender en declaraciones a La Nación y Clarín que la Corte trataría los recursos de per saltum, un instrumento excepecional, para casos de gravedad institucional. 


 Entre el resto de los supremos reinaba otra tónica: esperar a que la Cámara en lo Contencioso Administrativo resolviera el amparo presentado por Bruglia y Bertuzzi en su intento por conservar los cargos en la Cámara donde fueron trasladados, sin acuerdo del Senado, por el gobierno de Mauricio Macri. La semana pasada, para sumar presión y forzar el tratamiento del tema, el presidente del alto tribunal hizo uso de una de las pocas facultades que el permiten decidir algo en soledad y le dio carácter extraordinario al acuerdo de este martes y estableció que el tema a tratar serían los per saltum.  Se podrían sumar los pedidos de licencia de Bruglia y Bertuzzi. Hasta el anochecer del lunes, ninguno de los ministros y ministra de la Corte habían presentado proyecto de voto alguno. Nadie parece querer mostrar sus cartas antes del encuentro, que en algunas vocalías dicen que será virtual y en otras que será presencial.  La manifestación en la puerta de la casa de Lorenzetti, con consignas políticas, aumentó el malestar y los niveles de tensión.

El fiscal ante la Cámara, Rodrigo Cuesta, había presentado un rato antes del enredo de votos un dictamen durísimo contra Bruglia y Bertuzzi, coincidente con la posición del Consejo de la Magistratura, el Poder Ejecutivo, el Senado y la Cámara de Casación, que sostiene el rechazo a los traslados y que deben volver a sus cargos originales. Cuesta recordó que la la propia Cámara Federal que integraron a dedo se había opuesto a sus traslados en el momento en que fueron concretados. El dictamen recuerda que la propia Corte dijo que el sistema de traslados es de "marcada excepcionalidad, que en ningun caso podría desnaturalizar el procedimiento constitucional de selección de magistrados". Para él es claro que los traslados de Bruglia y Bertuzzi no cumplen los requisitos que podrían eximirlos del acuerdo del Senado (ser mudados a la misma juridicción y competencia y en materia y grado).


( https://www.pagina12.com.ar/295506-la-corte-suprema-declaro-admisibles-los-per-saltum-de-bertuz )

Consideraciones:

1

Contrariamente a lo que se esperaba de acuerdo a fallos anteriores, la Corte Suprema admitió el recurso presentado por los tres jueces trasladados a dedo por el macrismo y devueltos a sus posiciones originales por decisión del Senado.



2

Al hacerlo, congeló la situación de Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Germán Castelli, por lo que no pueden ser nombrados sus reemplazantes hasta que la Corte decida la cuestión. Eso claramente mejora en lo inmediato su situación, aunque no significa un pronunciamiento sobre el fondo en debate: si los traslados son legales o no.

3

Para ello fija plazos de 48 horas al Consejo de la Magistratura y al Procurador, destinados a acelerar el tratamiento del tema. Sin embargo, la Corte no tiene plazos para su propio trabajo, por lo que si quiere puede demorar su resolución. Si lo hace, habrá transformado un beneficio circunstancial en prácticamente una sentencia, porque los jueces siguen en el lugar que no les corresponde. Se verá en los próximos días o semanas lo que sucede.

4

En principio, los tres afectados pidieron licencias, según el consejo que les dio el propio titular de la Corte, Carlos Rosenkrantz, por lo que tampoco vuelven a ocupar sus lugares el día de mañana. Otra vez habrá que ver qué pasa si se estira la decisión de la Corte.

5

Los votos de los cortesanos vuelven a mostrar la división habitual. Por un lado, siempre solo, Rosenkrantz prácticamente anticipa su posición sobre el fondo de la cuestión. Sigue actuando como abogado defensor de los jueces ubicados a dedo por Macri y lo hará hasta el final.

Es más difícil deducir cuál será la posición de los cuatro firmantes del otro voto, que no deja pistas sobre la decisión de fondo. Aunque sí se preocupa por dejar claro que son la “mayoría estable de la Corte”, que vienen votando en el mismo sentido desde hace tiempo y que se esfuerzan por mostrar que se basan en “precedentes”, lo que daría “previsibilidad” a sus pronunciamientos.

6

El argumento que en la óptica de Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Horario Rosatti justifica la apertura del per saltum, algo extremadamente excepcional, es que si no se hacía corría riesgo “el derecho de toda persona a una sentencia que pueda cumplirse de manera efectiva”. El razonamiento se basa en que se había retrasado el fallo de Cámara y podían sobrevenir resoluciones imposibles de enmendar a posteriori. El otro argumento que esgrimen es que la “gravedad institucional” que requieren los per saltum está dada por la necesidad de definir, para todo el sistema judicial, cuál es el alcance de los traslados de los jueces federales.

7

Ninguno de esos argumentos, sin embargo, tiene sentido frente a las sucesivas tomas de posición del Consejo de la Magistratura, del Poder Ejecutivo , del Senado de la Nación, de la jueza de primera instancia y de la Cámara de Casación, que claramente se pronunciaron en sentido contrario a la voluntad de esos jueces.

8

Lo que deja en evidencia una de las principales claves del fallo de hoy: La Corte Suprema quiere dejar claro su lugar en el tablero político nacional, marca el territorio. Reclama para sí la potestad de decidir cuestiones evidentemente políticas, en el mismo sentido que lo vienen haciendo los poderes judiciales de todos los países de América latina, en la mayoría de los casos con desgraciadas consecuencias para la participación democrática de sus poblaciones.

El poder más aristocrático de la república hace honor a su historia. En este caso particular, se reserva la definición de los procedimientos de la organización de las diferentes instancias del aparato judicial.



9

Aunque la oposición y todos sus medios estén festejando la decisión de la Corte, y aunque el Gobierno guarde por ahora silencio, no está dicha la última palabra. Los sectores más duros de la oposición se quejan porque el tribunal no tomó de una vez la resolución de fondo y sospechan de que finalmente la Corte no permitirá el regreso triunfal de los cruzados de Macri a Comodoro Py.

Es difícil saber si se equivocan, pero la información que durante todo el día salió de los allegados a los cortesanos es que no les fue posible ponerse de acuerdo sobre un fallo de fondo.

10

Con un escenario poco transparente (como todo en el Poder Judicial) y la palpable intrusión de los jueces en los territorios de los otros poderes la democracia argentina vuelve a estar bajo tensión.

¿Cedieron los jueces a las desembozadas presiones políticas y mediáticas de los últimos días? ¿Temieron por la continuidad de sus amistades o privilegios? Difícil asegurarlo. Pero sí cabe lamentar, como tantas otras cosas producto de esta pandemia, que las grandes mayorías no puedan expresar su posición en las calles, como tan claramente lo hicieron en el caso del 2X1.



La decisión de la Corte Suprema de aceptar el per saltum que presentaron Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Germán Castelli, los jueces trasladados de forma irregular durante el gobierno de Mauricio Macri, generó repercusiones que escalaron rápidamente en las redes sociales. Referentes del oficialismo y la oposición opinaron sobre la medida a través de esta vía.

Una de las primeras en celebrar la resolución fue la presidenta del PRO, Patricia Bullrich. "Los jueces Bertuzzi, Bruglia y Castelli seguirán al frente de las causas que tramitan hasta tanto la Corte Suprema defina su destino. Quiero destacar a los argentinos que, pacíficamente, han defendido la institucionalidad, levantando sus banderas. Conmueve esta Argentina valiente", escribió en su cuenta de Twitter.

Bruglia, Bertuzzi y Castelli habían presentado el recurso luego de las decisiones del Consejo de la Magistratura, el Senado, el Poder Ejecutivo, la Cámara de Casación, la Cámara Federal y jueces y fiscales en lo contencioso administrativo, que habían ordenado la vuelta a sus puestos de origen. 

El abogado de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, Gregorio Dalbón, también utilizó su cuenta de Twitter para opinar al respecto. "No está mal el per saltum. La semana que viene definitivamente vamos a saber si los Jueces de la Corte son de la Constitución Nacional o de Clarín. Es esto. Ni más ni menos", escribió.

"¡Ay! La República está muy, muy feliz. ¡ Gracias a Dios!", celebró, por su parte, la ex diputada Elisa Carrio. 

Se sospecha que Corina Vecchioli, ex candidata de Carrio para la intendencia de la ciudad de Rafaela, fue una de las posibles organizadoras del escrache que este fin de semana sufrió el juez de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti, frente a la casa de fin de semana que tiene en esa localidad santafesina.

El ex juez de Cámara Federal Carlos Rozanski, en tanto, calificó la jornada como un "día negro para la justicia argentina". "Al suspender el regreso de los jueces rebeldes a sus tribunales, la Corte ya afectó las decisiones del Senado de la nación, y demás instituciones que intervinieron", consideró.

"La Corte habilitó a seguir actuando a jueces cuyos pliegos fueron rechazados por el Senado de la nación. Corresponde juicio político", agregó.

El diputado radical por Mendoza Luis Petri aplaudió la noticia, alineado con los referentes del PRO. "Es una gran decisión de la Corte Suprema de abrir el per saltum y prohibir, hasta que se decida el fondo, el reemplazo de los jueces que investigaron a la ex Presidente Cristina Kirchner. Ahora solo resta que sea coherente y consecuente con sus precedentes para resolverlo", expresó en sus redes sociales.

"Es sin dudas nuestra Corte Suprema quien puede y debe restablecer la vigencia de la Constitución cuando esta es violada, como en este caso y corregir los desvíos de poder cometidos por el Senado y el Poder Ejecutivo", agregó.

"¡Al fin un tiro para el lado de la Justicia! La Corte Suprema resolvió por unanimidad que hay gravedad y urgencia institucional y aceptó tratar el planteo de los jueces removidos a instancia del Gobierno nacional", dijo Mario Negri, jefe del interbloque Juntos por el Cambio en la Cámara de Diputados.(https://www.pagina12.com.ar/295535-las-reacciones-ante-el-per-saltum-de-la-corte-en-las-redes-s )

 


El per saltum es un es una herramienta legal que se utiliza cuando una causa tiene sentencia en primera instancia. Si la causa es de relevancia, las partes pueden saltear la instancia inmediatamente superior de apelación para ir de manera directa al máximo tribunal.

En el caso de la Argentina, el per saltum se aplica para que defina la Corte Suprema. Es el recurso utilizado en estas horas con respecto de los jueces Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Germán Castelli que se resistieron a volver a sus juzgados de origen, tras haber sido trasladados a dedo -es decir, sin acuerdo de la Cámara Alta- durante el gobierno de Macri.

Se tata de una figura que viene del antiguo derecho romano. De hecho, en latín quiere decir "por salto". En Roma, el emperador podía fallar a pedido de la parte que se consideraba damnificada en una sentencia, y así el César dictaba sentencia en lugar de la instancia de apelación. En ese caso, el emperador fallaba y le devolvía al juez de primera instancia la sentencia con la indicación sobre cómo proceder.

La figura del per saltum figura en el derecho interno argentino, si bien recién se reglamentó en 2012. Ese año se incorporó al Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. El artículo 257 bis establece que la Corte Suprema podrá hacerse cargo del recurso extraordinario "en aquellas causas de competencia federal en las que se acredite que entrañen cuestiones de notoria gravedad institucional, cuya solución definitiva y expedita sea necesaria, y que el recurso constituye el único remedio eficaz para la protección del derecho federal comprometido, a los fines de evitar perjuicios de imposible o insuficiente reparación ulterior".

En la jurisprudencia argentina, se registran al menos cinco antecedentes de per saltum ante el máximo tribunal. El primero de ellos fue en 1990, cuando un fallo de primer instancia frenó la privatización de Aerolíneas Argentinas. La Corte se hizo cargo del expediente y anuló el fallo antes que decidiera la Cámara de Apelaciones.

Cuatro años más tarde, la Corte volvió a intervenir cuando un juez ordenó liberar a un grupo de narcotraficantes detenidos en la Operación Langostino, en 1988. Los supremos impidieron que los presos fueran liberados.

En 1997, la decisión del gobierno de Carlos Menem de privatizar los aeropuertos por decreto de necesidad y urgencia derivó en una cautelar. Fue la Corte Suprema la que destrabó el litigio al avalar el DNU vía recurso extraordinario de la Casa Rosada.

En 2012, los senadores del Frente para la Victoria buscaron el per saltum para que la Corte se expidiera en el conflicto con Clarín por la Ley de Medios. Los supremos se negaron y fallaron después que se expidiera la Cámara: dictaminó la constitucionalidad de la norma y pidió cambios.

Finalmente, en 2013, la Corte aceptó el per saltum del gobierno de Cristina Fernández de Kirchner respecto de dos fallos adversos de la jueza María Servini de Cubría. Al momento de la acordada, los supremos voltearon la reforma del Consejo de la Magistratura que impulsara el Frente para la Victoria.

( https://www.pagina12.com.ar/295541-que-es-el-recurso-de-per-saltum )

Los dos textos completos de las resoluciones de ayer en este link: https://www.cij.gov.ar/nota-38208-Resoluciones-de-la-Corte-Suprema-de-Justicia-de-la-Naci-n-en-causas-CAF-11174-2020-1-RS1--Bertuzzi--Pablo-Daniel-y-otro-c--EN---PJN-y-otro-s--amparo-ley-16.986--y-CAF-11503-2020-2-RS1--Castelli--Germ-.html

El Máximo Tribunal dispuso que se suspendan los efectos de la sentencia que rechazaba los amparos de los magistrados y pidió la remisión del expediente.

La Corte Suprema abrió el juego y se avocó al tratamiento del recurso por salto de instancia presentado por los jueces Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Germán Castelli. Lo hizo luego del acuerdo extraordinario de este martes- realizado vía Zoom- con el voto unánime de todos sus integrantes, más la opinión particular de su presidente, Carlos Rosenkrantz.

La decisión de la Corte en los expedientes “Bertuzzi, Pablo Daniel y otro c/ EN - PJN y otro s/ amparo ley 16.986” y “Castelli, Germán Andrés c/ Estado Nacional - Consejo de la Magistratura de la Nación s/ amparo Ley 16.986” no implica un pronunciamiento sobre el fondo de la cuestión, pero significa la suspensión de los efectos del rechazo de los amparos impulsados por los actores contra la revisión de sus traslados.


 El Máximo Tribunal deberá analizar entonces el fallo de la jueza Alejandra Biotti, que el pasado 21 de agosto rechazó el amparo interpuesto por los actores, en su condición de magistrados integrantes de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal contra el Estado Nacional - Consejo de la Magistratura de la Nación.

Ambos jueces pretendían la declaración de inconstitucionalidad y nulidad de la resolución 183/2020 del Plenario del Consejo que, por mayoría, resolvió declarar que sus traslados desde tribunales orales federales a la Cámara Federal porteña no habían completado “el procedimiento constitucional previsto en el art. 99 inc. 4 de la Constitución Nacional conforme la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación así como a las acordadas 4/2018 y 7/2018", ya que no hubo acuerdo del Senado.

Las circunstancias originarias se han modificado a la luz de acontecimientos sobrevinientes que implican pasos concretos destinados a obtener la inmediata ejecución de las medidas impugnadas, con el riesgo cierto de tornar ilusorio el derecho cuya tutela procuran los actores", sostuvieron los supremos

Cuatro días después del fallo de Biotti, Bruglia y Bertuzzi presentaron el “per saltum” ante la Corte. En simultáneo, también dedujeron la apelación ordinaria ante la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal, que este mismo martes estaba en condiciones de resolver el recurso, luego de que no hubiera acuerdo entre dos de sus integrantes, lo que implicó el sorteo de un tercer integrante para dirimir la cuestión.

Sin embargo, la Corte decidió tratar antes el planteo, al igual que en el caso de Germán Castelli, trasladado al Tribunal Oral Federal nº7, cuyo amparo tuvo un derrotero similar a partir del 3 de septiembre.

Todos los habitantes de la Nación gozan de los derechos de acceso a justicia y de tutela efectiva”, señalaron los supremos Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, que agregaron que esos postulados “no se satisfacen con la sola previsión legal de la posibilidad de acceder a la instancia judicial”.

Esto requiere, además, que la tutela jurisdiccional de los derechos en cuestión “posea la virtualidad de resolver la cuestión sometida a su conocimiento mediante una respuesta judicial idónea, oportuna, efectiva y eficaz en la tutela de los derechos que se aleguen comprometidos”.

Los supremos destacaron que el expediente estaba transitando los pasos ordinarios del expediente, lo que, en principio, les vedaría la intervención.

No obstante, “las circunstancias originarias se han modificado a la luz de acontecimientos sobrevinientes que implican pasos concretos destinados a obtener la inmediata ejecución de las medidas impugnadas, con el riesgo cierto de tornar ilusorio el derecho cuya tutela procuran los actores, privándolos de un acceso efectivo a justicia”, como las decisiones del Senado y los decretos del Poder Ejecutivo, ameritaron la intervención del Máximo Tribunal.

La resolución de la Corte resaltó también que el planteo constitucional “ excede el mero interés de las partes en el presente proceso y atañe al de la comunidad, desde que está en juego la interpretación constitucional de los traslados de los jueces federales.

Por su parte, el voto del presidente del Máximo Tribunal, Carlos Rosenkrantz, resaltó con mayor énfasis la importancia de lo que está en juego, dado que es un caso donde está en juego la inamovilidad de los jueces nacionales, y que la resolución del caso podría impactar en “múltiples jueces” que “han quedado sujetos, actual o potencialmente, a un procedimiento especial para revisar ex post facto sus traslados”

Esta causa también versa acerca de la validez constitucional de la revisión retroactiva de un mecanismo por el cual un importante número de jueces, quienes cuentan con acuerdo del Senado, han sido designados en diversos tribunales del Poder Judicial de la Nación y en los cuales han venido desempeñando sus funciones durante diversos períodos de tiempo, en algunos casos muy prolongados”, apuntó el supremo.

Es inocultable entonces que el caso reviste una gravedad institucional inusitada, pues en su decisión se encuentra comprometida una institución básica del sistema republicano, cual es, la independencia del Poder Judicial que el artículo 110 de la Constitución Nacional busca asegurar no solo en favor de los magistrados sino, fundamentalmente, en beneficio de la totalidad de los habitantes de la Nación”, resumió el titular de la Corte.

De este modo, se pidió la remisión del expediente principal, el que deberá ser enviado por la Cámara en formato digital a través de la elevación por Lex 100 "y sólo se remitirá el expediente papel en caso que la CSJN lo requiera”, le corrió traslado del recurso extraordinario al Consejo de la Magistratura por 48 horas y se le dio intervención a la Procuración General de la Nación por el mismo lapso.

(https://www.diariojudicial.com/ )

Daniel Roberto Távora Mac Cormack





Comentarios

Entradas populares de este blog