Martes 28 de Julio de 2020

El Poder Judicial tiene la función de garantizar el Estado de derecho, resolver los conflictos que se presentan en toda comunidad y asegurar la vigencia de los derechos. Desde hace ya muchos años padece tres órdenes de problemas que dificultan el cumplimiento de estas funciones.

Estos problemas –de orden institucional, funcional y cultural– han provocado una grave crisis de legitimidad del Poder Judicial. Según diversos estudios, alrededor del setenta por ciento de los argentinos descree del Poder Judicial. Estos números son más preocupantes respecto de la Corte Suprema, que exhibe un nivel de insatisfacción que ronda el ochenta por ciento, según un estudio de la Universidad de San Andrés. Lo cierto es que el desprestigio de una parte del Poder Judicial se derrama sobre el resto de los magistrados que cumplen adecuadamente sus funciones.


Ningún órgano de gobierno puede funcionar adecuadamente con semejantes niveles de desconfianza ciudadana. A diferencia de lo que ocurre con los poderes políticos, el Poder Judicial no puede resolver sus problemas de legitimidad en las urnas. Se trata, además, del único órgano de gobierno en el que la opacidad es la regla tanto para su administración como respecto de la forma en que construye y hace públicas sus decisiones. En efecto, carece de las instancias de vigilancia y control ciudadano de los poderes políticos.

Entre los problemas de orden institucional son particularmente graves la falta de independencia externa, respecto del poder político, económico y mediático; como interna, respecto de tribunales superiores o magistrados influyentes; la opacidad de su administración y la ausencia de mecanismos de rendición de cuentas. Por otro lado, la carencia de una cultura de diálogo interinstitucional –el viejo sistema de frenos y contrapesos– obtura la posibilidad de arribar a decisiones judiciales con mayor respaldo democrático.

La excesiva concentración de poder es inadmisible en una república. En la Corte solo cinco personas tienen la última palabra sobre la constitucionalidad de leyes, decretos y actos administrativos emanados de autoridades elegidas por el voto popular. Si consideramos que los fallos suelen ser divididos, la mayoría se logra con apenas tres votos, y en consecuencia la jurisprudencia tiende a ser más variable. Por otro lado, una Corte reducida ofrece menos posibilidades de pluralidad de género, de especialidad, de carrera profesional, de procedencia geográfica, etc. Es tiempo además de que la cabeza del Poder Judicial tenga una integración con paridad de género.

Es necesario revisar el funcionamiento de la Corte. Desde 1909 y por una construcción pretoriana, se atribuyó la competencia de revisar hechos y derecho de las sentencias de tribunales inferiores, convirtiéndose en una instancia más tanto en materia federal como de derecho común. Esta competencia autoatribuida representa la mayor actividad de la Corte y la razón del abarrotamiento de causas. En busca de una solución, en 1990 se introdujo otro problema: el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que permite al tribunal rechazar sin fundamento alguno las causas que no quiere resolver.

La concentración de poder en la justicia penal federal porteña –un fuero que fue reconfigurado en la década del noventa para ser garante de la impunidad de los hechos de corrupción, al tiempo en que se profundizaba su connivencia con los servicios de inteligencia– se ha revelado como un grave problema institucional en los últimos cuatro años, en los que se han armado causas penales con testigos guionados, pericias fraguadas, imputados extorsionados o remunerados por el poder político, y se ha hecho un uso abusivo de la prisión preventiva.

El Consejo de la Magistratura es una institución fallida que no ha cumplido adecuadamente las funciones de selección, sanción y remoción de magistrados, que continúa disputando la administración del Poder Judicial con la Corte, y que no tiene una integración equilibrada tal como prescribe la Constitución.


Los problemas de orden funcional se manifiestan en los obstáculos materiales y simbólicos para el acceso a la justicia, como la ausencia de un patrocinio gratuito en todos los fueros para quienes lo necesiten, los elevados costos de litigar, el problema de la centralización geográfica, las deficiencias de infraestructura y digitalización, la incapacidad para resolver problemas comunes de los ciudadanos en forma eficiente, en plazos y con costos razonables; la lejanía del Poder Judicial respecto de la ciudadanía en general y, en particular, de las necesidades e intereses de los sectores populares y vulnerados.


Más difíciles de contrarrestar, en cambio, son los problemas de orden cultural: el corporativismo, la endogamia, el nepotismo, el elitismo, la escasa fundamentación de buena parte de sus sentencias, el uso de un lenguaje críptico, la resistencia al cambio, el machismo y la misoginia; la reticencia al examen, al control del desempeño, a la rendición de cuentas y a la implementación del ingreso democrático; el verticalismo, el apego a los privilegios y, en general, la falta de un proceso de incorporación de valores y prácticas como los que fueron adoptando los otros órganos de gobierno a partir de la transición democrática.

El Presidente ha demostrado que conoce estos problemas y las reformas que se discuten van en la dirección correcta. Es importante que este proceso de reforma sea participativo e inclusivo, que las políticas que se impulsen tengan un sustento empírico y que, cuando se carezca de los datos suficientes, se los produzca.

Más allá de las distintas políticas públicas que pueden impulsarse para resolver estos problemas del Poder Judicial, las reformas a encarar deben promover un servicio de justicia basado en el acceso igualitario, la proximidad, la transparencia y la eficiencia, con el fin de potenciar las capacidades del sistema para ofrecer soluciones concretas a los problemas de los ciudadanos, con una mayor sensibilidad por las necesidades de los sectores más vulnerados. Se trata, en definitiva, de garantizar la efectividad de los derechos.
Hoy estamos muy lejos de eso. Bienvenido sea este primer paso.

Es uno de los proyectos más anunciados por el presidente Alberto Fernández y el más esperado por estos días en el Congreso. Mientras en la Quinta de Olivos y Casa Rosada se pule el texto de la reforma judicial que llegaría esta semana al Senado, Cristina Fernández de Kirchner ya allanó el camino para su debate: el decreto por el cual prorrogó la semana pasada las sesiones remotas por otros 60 días --con el aval de todas las bancadas parlamentarias-- no tiene límites temáticos y le pone fin a la resistencia de Juntos por el Cambio de negarse a tratar en forma virtual proyectos que no estén vinculados a la emergencia sanitaria. En la Cámara alta, el Frente de Todos tiene las manos suficientes para avanzar con la reforma judicial y le da tiempo al oficialismo en Diputados --donde los números son ajustados-- para buscar los consensos necesarios al calor del propio debate.


Todo está listo en el Senado para recibir el proyecto. Las versiones indican que podría llegar el miércoles o el jueves, pero que en todo caso no pasaría de esta semana. Aunque nadie tiene la certeza sobre una decisión que finalmente tomará el Presidente, que pretende que la reforma judicial sea uno de los hitos institucionales de su gestión. La pandemia fue demorando su lanzamiento.

En la definición del texto del proyecto de reforma judicial trabajan el propio Alberto Fernández, la ministra de Justicia, Marcela Losardo, la secretaria de Legal y Técnica, Vilma Ibarra, y también se suma el secretario de Asuntos Estratégicos, Gustavo Beliz.
PáginaI12 accedió a algunos de los ejes del proyecto. “Va a ser lo que denominamos una reforma corta", aseguraron altas fuentes del Gobierno a este diario. La propuesta apunta a que sean 46 los jueces federales, repartidos entre los doce de Comodoro Py, donde hay algunos juzgados vacantes, a los que se sumarán 34 entre los fueros penal y penal económico. También pondrá en funcionamiento el sistema de juicios por jurados y no habrá modificaciones en cuanto a la elección y los concursos de los jueces.

El sistema acusatorio ya pasó por el Congreso. Lo que falta sobre ese tema también pasará por el Congreso", destacaron las mismas fuentes ante las versiones que impulsaba la oposición sobre la inclusión del sistema acusatorio en el proyecto de reforma.

El Código Procesal Penal de la Nación aprobado por el Congreso en 2018, que adoptó el sistema de enjuiciamiento acusatorio a cargo de los fiscales y dejo atrás el viejo sistema a cargo de los jueces, ya comenzó a implementarse en distintas provincias. La demora de su llegada a la Ciudad de Buenos Aires obedece, en gran parte, a la resistencia de los magistrados de Comodoro Py.

La decisión de ingresar la reforma judicial en el Congreso a través del Senado se debe a que el oficialismo tiene una mayoría que le permitiría atravesar la primera etapa legislativa sin sobresaltos. En el FdT existe unanimidad en la necesidad de llevar adelante la reforma en un fuero altamente cuestionado por moverse y reacomodarse según los tiempos políticos.

Con la apertura del debate en la Cámara alta, los diputados oficialistas contarán con más tiempo para trazar su propia estrategia legislativa en busca de acuerdos para transformar en ley la reforma judicial. El FdT necesita sumar al menos una decena de legisladores de los distintos bloques opositores para garantizar la mayoría en Diputados.

Antes, también allí deberá acordar --como en el Senado-- un protocolo para el funcionamiento de las sesiones virtuales mixtas sin condicionamientos, si el aislamiento social continúa. En la prórroga que se extiende a lo largo de julio, Juntos por el Cambio impuso que todos los proyectos que lleguen al recinto deben contar con “el acuerdo de todos los bloques” y dictamen de comisión. 

Alberto Fernández ya definió los nombres de los integrantes del consejo asesor de expertos a quienes encomendará el diseño de propuestas para reformar (y tal vez ampliar) la Corte Suprema, el Consejo de la Magistratura y para implementar el sistema acusatorio para el sistema penal y el juicio por jurados a nivel nacional. El Presidente se comunicó con los elegidos, que son 11, y los convocó para hacer una presentación oficial este miércoles a las 16 horas. Todo indica que los presentará junto con el proyecto de reforma judicial que enviará al Congreso, que apunta a una reestructuración profunda y extendida de la justicia federal. La comisión tendrá un plazo de 90 días para presentar propuestas y el objetivo es que se puedan transformar en proyectos de ley. 
 

El grupo de juristas es variado y equilibrado, en género, especialidades y representación provincial. Así como formará parte el penalista y profesor Alberto Beraldi, abogado de Cristina Fernández de Kirchner, también fue convocada la jueza del Superior Tribunal de la Ciudad de Buenos Aires, Inés Weinberg de Roca, que fue la candidata que el ex presidente Mauricio Macri había postulado (aunque su pliego no fue votado) para estar al frente de la Procuración General, tras la salida de Alejandra Gils Carbó. También estará, desde España, donde vive, el profesor de derecho penal Enrique Bacigalupo. Fueron convocados los constitucionalistas Andrés Gil Domínguez y Gustavo Ferreyra, el penalista, ex ministro y ex camarista del Juicio a las Juntas León Arslanian, la jurista Marisa Herrera, que se especializa en derecho de familia y participó –por ejemplo— de la reforma del Código Civil, y tres juezas: Hilda Kogan, de la Corte bonaerense, Claudia Sbdar, de la Corte tucumana y María del Carmen Battaini, del superior tribunal de Tierra del Fuego y presidenta de la Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales (JuFeJus). Habrá también un miembro de la Corte mendocina, Omar Palermo.

El Presidente ya conversó con algunos de los juristas los ejes sobre los que se le pedirá a la comisión que se expida. Funcionará con un reglamento y podrá hacer dictámenes de mayoría y de minoría. El trabajo de los asesores será ad honorem. Arslanian se perfila como alguien que tendrá un peso importante en el equipo. Días atrás almorzó con Fernández en la quinta de Olivos, donde también comenzaron a analizar esta agenda de trabajo sobre los grandes temas judiciales con el secretario de Asuntos Estratégicos, Gustavo Beliz. Aun no está confirmado si el acto del miércoles se hará en Olivos o en la Casa Rosada, pero ese es el día señalado.

El paquete de la reforma judicial (de los tribunales federales, dónde habrá fusión de fueros y multiplicación de juzgados, entre otras cosas), sumado al trabajo que se encomendará a la comisión de juristas, pone a la vista un plan ambicioso en materia judicial por parte del Gobierno. La propuesta que se enviará pronto, y que entraría por el Senado, es la que apunta a toda una restructuración de juzgados federales de distintas competencias, aunque todas las miradas están puestas en el fuero penal, que es el más político, donde se unirán los juzgados de Comodoro Py (12), diluyendo su histórico podería, con los de penal económico (que son 11) y a la vez desdoblarán, lo que generará 46 juzgados. También se fusionarán las cámaras. El trabajo del grupo de expertos tendrá sus primeras conclusiones en tres meses y analizarán temas sujetos a históricas controversias:

* La integración y el funcionamiento de la Corte Suprema. Hoy el alto tribunal tiene cinco miembros, un número controvertido por la concentración de poder que implica, más aún teniendo en cuenta que para poder tomar decisiones tres votos supremos son mayoría suficiente. Un sector de la comunidad jurídica alienta la ampliación de la Corte y su división en salas, cada una con una especialidad (por ejemplo penal, derecho público, derecho privado). Es una propuesta con posibilidades de crecer. También analizarán los asesores el funcionamiento y los alcances del recurso extraordinario ante la Corte, los criterios de admisibilidad y los tiempos de resolución.

* El funcionamiento e integración del Consejo de la Magistratura, organismo que elige y sanciona a los jueces. Hoy tiene 13 miembros, de acuerdo a la última reforma, del año 2006, que todavía tiene un fallo pendiente en la Corte. Se le suele recriminar falta de eficacia y estar signado por manejos políticos. Esto último parece esperable teniendo en cuenta que parte sus representantes/integrantes son diputados y senadores, además de abogados, jueces y un académico. El Consejo tendrá un papel clave ante la futura multiplicación de cargos de jueces y juezas que traería la reforma judicial. También será el tema que promete suscitar más discusiones entre los juristas.


* Sistema acusatorio: el nuevo sistema procesal ya está aprobado por ley pero no se ha implementado; es el que da protagonismo a los fiscales en los procesos penales y que otorga a los jueces papeles de garantes, por lo que dejarían de revisar lo que ellos mismos hacen. El proceso va camino a ser casi completamente oral y tener tiempos más cortos. Todo esto requiere una reestructuración del funcionamiento del ministerio público fiscal, también de la defensa, y de la propia Procuración General. De esto se ocupará también la comisión, mientras debería avanzar, además, la designación de un/a titular de la Procuración, para lo que fue postulado Daniel Rafecas.

* Juicio por jurados. Los jurados integrados por ciudadanos comunes ya funcionan en varias provincias para los delitos más graves, como los homicidios. Suelen estar integrados por 12 personas, que se sortean del padrón electoral con ciertos requisitos, que pueden declarar a un acusado “culpable” o “no culpable”. Es un sistema que está establecido en la Constitución Nacional pero nunca se implementó de manera federal. La idea es que la comisión proponga cómo hacerlo. 

Las comisiones de Legislación Penal y de Mujeres y Diversidad de la Cámara de Diputados llevaron a cabo este jueves la tercera reunión informativa conjunta sobre justicia penal y género, con la participación de funcionarias y especialistas en la temática.

El Estado en sus tres poderes debe estar presente, y por ello desde el Legislativo estamos para aportar y mejorar las leyes al respecto”, dijo Carolina Gaillard, titular de la Comisión de Legislación Penal, al abrir la videoconferencia.

En tanto, Mónica Macha, de la Comisión de Mujeres, explicó que esta “línea de trabajo conjunto” apunta a “generar una legislación que tenga perspectiva de género, una mirada feminista y transfeminista”.

La abogada feminista Soledad Deza, quien llevó adelante el caso Belén, advirtió que “el derecho penal nunca ha sido un lugar habitable para nosotras ni para ninguna disidencia sexual, al contrario”, ya que se han utilizado “tipos penales para criminalizar decisiones”, como por ejemplo “utilizar la figura del homicidio para castigar abortos”.

Por eso, Deza llamó a ejercer una “crítica feminista acerca de la contradicción que supone apelar al derecho penal, que no solamente es androcéntrico en sus estructura, sino que en la práctica es un fuerte reproductor de estereotipos y subalternidad”.

Sin embargo, Gaillard aclaró que “el derecho penal no necesariamente está para aumentar penas” y que los proyectos presentados en las comisiones en realidad buscan “mejorar dispositivos y herramientas” con perspectiva de género.

Por su parte, María Luisa Storani, parlamentaria del Mercosur y exdiputada nacional de la UCR, consideró que el proceso de acceso a la Justicia muchas veces se transforma en “un campo de espinas”, y se refirió al impacto diferenciado de la pandemia del Covid-19 sobre las mujeres.

Storani indicó que a pesar de que hoy existe un Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad, y de la inversión que se hizo en la línea 144, además de la habilitación de tres líneas de WhatsApp y denuncias por Internet, “siguen los femicidios”.

La radical informó que, según la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema “han disminuido las denuncias e incluso han disminuido las consultas, y esto da un mensaje muy fuerte, porque todas las redes de contención que había fuera de la casa están rotas por la cuarentena”.

Por otra parte, llamó a “denunciar los hospitales que no permiten el acceso a la ILE (Interrupción Legal del Embarazo)” durante el aislamiento social.

Gabriela Carpineti, directora nacional de Promoción y Fortalecimiento del Acceso a la Justicia, sostuvo que hay “dos grandes desafíos en las medidas reglamentadas sobre violencia de género y en las que estamos discutiendo en materia penal y de género: cómo reducir la sobreintervención y cómo lograr la territorialización de las políticas de género”.

En tanto, la directora ejecutiva de la Asociación de Familiares de Detenidos (ACIFaD), Andrea Casamento, señaló que “cuando hay una persona detenida en sus familias, el rol que cumplen las mujeres familiares de detenidos es muy pesado, porque nos transformamos en sostén del hogar y de la persona que está presa”.

También expusieron en la reunión Mariana Broggi, secretaria de Mujeres, Géneros y Diversidad de Entre Ríos, y Ana Laura Ruffini, de la Fiscalía de Delitos de Violencia Familiar y de Género de La Pampa.

Es sumamente importante que Argentina tenga una Le y de Justicia Penal Juvenil en línea con los estándares internacionales. Para es to se re quiere un sistema de justicia especializado con un enfoque centrado en la prevención del conflicto con la ley penal antes que la represión, y una estrategia orientada a la reinserción social que ofrezca a los adolescentes oportunidades educativas , de formación laboral y recreativas , para facilitar su inclusión en un proyecto de vida alejado del delito. Los estándares internacionales para la justicia juvenil unánimemente consagran como objetivo principal la resocialización de las y los jóvenes y la no profundización de sus condición es de vulnerabilidad . La experiencia muestra que un sistema basa do en los principios de la Convención sobre los Derechos del Niño, que facilite la reinserción, es mejor para la sociedad porque reduce la reincidencia y la violencia y, además, en muchos casos esa clase de medidas resultan también menos costosas en términos económicos.(Mc. Carthy, P ; Schiraldi, V ; Shark, M. (2016)."T he Future o f Youth Justice: A Community-Based A lternative to the Y outh P ri son Model" en New T hinki ng in Community Corrections, Oct.2016-Nro .2, H arvard Kennedy School/ National Institute of Justice.) Una justicia especializada para adolescentes y jóvenes debe garantizar el abordaje diferenciado desde el inicio de la investigación hasta la finalización del cumplimiento de la sanción, incluyendo cada una de las instancias superiores. Esto requiere, además de la modificación de la ley de fondo , la asignación de recursos económicos y el nombramiento de jueces, fiscales, defensores y equipos técnicos interdisciplinarios, por medio de procesos de selección que contemplen efectivamente la especialización en materia de niñez y adolescencia. 


Una Ley de Justicia Penal Juvenil acorde con los estándares internacionales en materia de protección de derechos humanos debe crear un sistema especializado en el que se apliquen –como regla– medidas no privativas de la libertad y medidas alternativas al proceso judicial , dejando como sanción excepcional (solo en casos de extrema necesidad) la restricción de la libertad personal . Esos dispositivos deben estar monitoreados por un organismo con independencia funcional y financiera que supervise y garantice el acceso a sus derechos de los adolescentes privados de la libertad . Es clave que una reforma legislativa esté acompañada de una fuerte inversión en políticas públicas de protección integral de la niñez y adolescencia. La intervención desde el Sistema Penal Juvenil no puede ser utilizada como una respuesta tardía del Estado por fallas u omisiónes de intervención previas desde el Sistema de Protección de Derechos.
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La fragmentación del conocimiento y de las áreas de trabajo y especialización sostenida y alimentada por el Sistema Capitalista y la modernidad científica que se desarrollo bajo su preeminencia, reserva a grupos y sectores sociales el acceso y la formación respecto a esos temas de los que se convierten en “expertos” en detrimento de la información pública y la participación colectiva y verdaderamente democrática que, en sus representaciones, pueden sintetizar y cohesionar las diferencias de interpretación, percepción e intereses respecto a los temas que hacen al funcionamiento de la sociedad.

La fragmentación no constituye en si un error o un problema, si tales fragmentaciones fuesen acompañadas de las confianzas necesarias para que se validen esos saberes y acciones de quienes se especializan en tal o cual taréa o conocimiento, y esa confianza solo es posible si en los resultados percibidos y conocidos, resultan satisfactorios para el resto de la comunidad que así se organiza.

La fragmentación deviene en problema cuándo los intereses de esas especializaciones se corrompen y deforman. La corrupción se convierte entonces en un problema sistémico y no de una instancia en particular. Tal el poder que encubren los medios de comunicación devenidos en censores y medidores de tales corrupciones como si esta no les hubiere impregnado y que precisamente deforman el ejercicio de su actividad … la de informar y transmitir esos saberes, esas decisiones fragmentadas y sostener esa confianza necesaria para que tales formas funcionen y respondan a las expectativas y necesidades del conjunto de la ciudadanía.

La corrupción es el resultado del imperio del poder del dinero, sin lo cual, parecería que nada es posible y por tanto, corrompe las funcionalidades de esas fragmentaciones y las somete al imperio de la acumulación de dinero, capital, poder e influencias que tales ganancias producen.

La Justicia, en esta decadente posmodernidad neoliberal, en un Sistema que no atina a identificar precisamente en el financierismo la causa fundamental de toda corrupción, cae en esa misma corrupción, sometiendo leyes y ejercicios del servicio de justicia a las formas y poderes de acumulación financiera, de dinero y de poder. Se convierte así en una herramienta del “Lawfare” y en un instrumento de desconfianza y desestabilización de la democracia.


Cualquier intento por reformar la justicia penal que no admita la corrupción de su funcionamiento al imperio del dinero y del poder financiero y no ancle en reformas que permitan que el ejercicio de los servicios de justicia se conviertan en un espacio donde la igualdad ante la ley, y un “estricto” cumplimiento de las normas y de los premios y castigos que deberían alimentar su funcionamiento, sean la única motivación de sus actores, por lo que debe asegurarseles condiciones de financiamiento y de recursos que hagan posible que su trabajo no quede sujeto a las tensiones de las disputas políticas por el poder del Estado, en cuanto a ascensos y nombramientos y de los poderes económicos que les someten a las prácticas del “mejor postor” – Es decir a quién mejor paga, destruyendo la igualdad ante la ley y la confianza en esa fragmentación de abogados, tribunales, juzgados, fiscales y defensores que públicos o privados, que eligen servir desde allí a la comunidad y a ellos mismos, no privilegien sus ingresos a su función.

Daniel Roberto Távora Mac Cormack

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