Lunes
22 de Junio de 2020
Los
datos y las evidencias en estos tiempos de pandemia globalizada,
fakesNews, Lawfare y campañas sucias para obtener la gracia de las
ciudadanías, son realmente perlas preciosas …
La
situación de Vicentin S.A.I.C. detona gran cantidad de temas.
Abordarlos todos en una nota es imposible. Mi intención es hacer una
breve reflexión y alguna referencia a algunos aspectos jurídicos
que, creo, no son considerados como su importancia lo merece.
La información pública sobre la
empresa, el modo de integración del grupo y, especialmente, el
negocio con Glencore en Renova S.A. (Renova) es escasa. Aparece día
a día, por lo que algunas consideraciones se basan en suposiciones,
y lo que se analiza hoy al día siguiente queda desautorizado. De
hecho, cuando terminaba esta nota conocimos el fallo del viernes 19
dictado por el juez concursal que desplazó a los interventores
designados mediante un DNU por el Ejecutivo y repuso en la
administración a los directores nombrados por los accionistas. (La
resolución tiene peculiaridades.
Un análisis serio exige acceder
al escrito que la motiva. Con esa prevención, de la lectura surge lo
siguiente. Los miembros del directorio desplazado por el decreto
522/2020 se presentaron solicitando ser repuestos en el cargo
alegando que esa norma es inconstitucional. También requirieron el
dictado de una cautelar.
El juez afirma que el juzgamiento
de la constitucionalidad del decreto no tiene contenido patrimonial y
que, por ello, excede la competencia del tribunal concursal. Se
declara incompetente y lo remite al que así resulte (que debe ser un
juez federal).
Pero, al mismo tiempo, en base a
ciertas consideraciones sobre el pedido cautelar, parece separar la
pretensión de ser repuestos del cuestionamiento del decreto, ingresa
en aquella, y los repone, desplazando al interventor designado por el
Poder Ejecutivo, al que trasforma en un veedor controlante. Para ello
pondera que sí tiene incidencia concursal el desplazamiento del
directorio porque afecta el trámite del proceso.
En una primera lectura, entiendo
que el juez juzgó inválido, al menos parcialmente, el decreto del
Poder Ejecutivo respecto del cual, al mismo tiempo, se declaró
incompetente. Pues, cualquiera fuera el mérito del decreto 522/2020,
¿qué otra cosa es el privarlo de efectos mediante la reducción de
las atribuciones de los interventores a la veeduría? De tal modo, la
llamada “acción de inconstitucionalidad” que remitió a otro
juez habría devenido abstracta pues la pretensión de los
integrantes del directorio desplazado no tenía otro contenido
fáctico que el ser repuestos.
Si la descripción es correcta,
el juez del concurso declaró inconstitucional el decreto sobre el
que dijo que no podía pronunciarse. Pues conforme una vieja doctrina
de la Corte, la prescindencia de un determinado texto normativo sin
expresar una razón valedera equivale a su implícita declaración de
inconstitucionalidad.) A las pocas horas la novedad vino por la
solicitud de intervención judicial de la Inspección General de
Personas Jurídicas de Santa Fe, en el marco del plan presentado por
el gobernador Omar Perotti al Presidente Alberto Fernández (La
presentación de la Inspectora General de Personas Jurídicas,
doctora Stratta, puede verse en Página 12 del 19.06.2020. Invoca las
facultades que la ley de sociedades en su artículo 303 inciso 3
otorga a la autoridad de control, que en Santa Fe ejerce la IGJ, para
solicitar la intervención de la sociedad en resguardo del interés
público (art. 301 inc. 2, LSC). Resolverá el juez del concurso.).
No asombra cierta opacidad en la
información pública sobre una sociedad anónima que no cotiza en
bolsa. Pero desde que requiere la apertura de su concurso de
acreedores, el deudor está obligado a brindar al juez toda la
información que le requiera. Si no lo hace, el artículo 17 de la
ley 24.522 de concursos y quiebras (LCQ) autoriza a que se lo separe
de la administración.
Obligaciones
y deberes de un comerciante
La sociedad capitalista está
fundada en el reconocimiento y la fuerte defensa de la propiedad
privada. Es uno de los ejes que ordena el sistema social y jurídico
desde la Revolución Francesa (por poner un hito). Ese derecho
conlleva obligaciones. El pago de los tributos es uno. Otro es
cancelar las deudas, que constituye el respeto del derecho de
propiedad de los demás, en el caso, de los acreedores. Es curioso
que en la descripción del asunto Vicentin la propiedad sólo
aparezca ponderada como un derecho del deudor, y no de los
acreedores. También que se omita la obligación de pagar los
impuestos.
El otro aspecto llamativo es que
se lo describa como la oposición entre un Estado victimario y
entrometido y un privado virtuoso, su víctima. En las reglas de un
capitalismo exitoso, ni lo uno ni lo otro: “Todo el mercado
posible, todo el Estado necesario”. Acá, el que fue a buscar la
ayuda del Estado fue el privado y la obtuvo, al punto que al
concursarse declaró adeudar a la banca pública, al fisco y a un
conglomerado de instituciones ligadas al sector público unos 24.000
millones de pesos.
Un gobierno que promueve el
crecimiento auspicia un polo de desarrollo de la magnitud del logrado
por Vicentin en Santa Fe, y debe hacer esfuerzos para preservarlo,
con respeto por la propiedad privada del deudor, de los acreedores
—entre ellos, productores y banca privada—, y protegiendo el
patrimonio público expresado en los créditos de la banca pública y
el fisco.
El
concurso de acreedores: deber de transparencia y paridad de trato
El concurso de acreedores es un
método para resolver la insolvencia de un comerciante. A riesgo de
simplificar, nuestro régimen reúne en un solo tribunal todas las
cuestiones patrimoniales para que el deudor, con control judicial,
ofrezca a los acreedores un modo razonable de cancelar sus
obligaciones. Puede consistir en pagos con quitas y esperas,
invitarlos a ser socios, y todo lo que la imaginación del empresario
provea. El acuerdo debe ser refrendado por la mayoría de los
acreedores que reúna las 2/3 partes del monto de los créditos.
Implica obligaciones: el deudor
debe ser transparente, brindar toda la información que se le
requiera y tratar del mismo modo a todos los acreedores que estén en
igual situación (La información sobre el origen de la cesación de
pagos y su fecha debe ser clara. Es dudoso que eso se cumpla con la
descripción que le lee en la presentación en concurso, que
reproduce las razones que se consignan en el acta de directorio 2486
del 07.02.2002. No parecen justificación razonable de la generación
de un pasivo que supera los USD 1300 M, más cuando los informes de
Lozano indican que conforme los balances al 2017/2018 la deuda era
mucho menor.
Tampoco ofrecen una descripción
de la cesión de las acciones de Renova.).
La obligación de paridad de
trato (que dicho con un latinazgo, queda muy elegante) no se limita a
la conducta posterior a la presentación en concurso, sino que abarca
la precedente. No puede favorecer a un acreedor en perjuicio de los
otros, ni antes ni después. Por ejemplo, entregándole en pago
bienes que, luego, obviamente quedan excluidos del patrimonio que
expondrá a los restantes acreedores. Tampoco puede realizar negocios
perjudiciales en beneficio de terceros en el período inmediato
anterior al concurso. Naturalmente, tiene siempre prohibido ocultar
bienes o dinero.
El
interés público
A partir de la presentación del
plan Perotti la vía expropiatoria parece soslayada. Me parece un
acierto. De todos modos, es oportuno señalar ante muchas expresiones
escuchadas que, si bien el concurso concentra muchas atribuciones en
el juez, no transforma a la deudora en una entidad supranacional (En
una expropiación es irrelevante quién es o en qué situación está
el propietario. Sobran casos de expropiación de bienes de una
quebrada (ej. el mural de Sequeiros) y no veo objeciones a que se
declaren de utilidad pública las acciones de una concursada.
La expropiación no es la
negación del derecho de propiedad, sino, en términos del texto
constitucional, el modo de asegurar su inviolabilidad. Para eso
ordena la calificación de la utilidad pública por ley y previa
indemnización.
La declaración de la utilidad
pública es una decisión política. En el caso, pienso que la vía
expropiatoria presentaba dificultades políticas, económicas y
jurídicas significativas. Tanto se expropien acciones como activos
individuales. Entre otros motivos porque el concurso impide la
compensación de los créditos del Estado con la indemnización que
sustituye a la cosa expropiada (así, por ejemplo, según la Cámara
Nacional en lo Comercial en “Ciccone Calcográfica S.A.”,
Expte. COM 038295/2013, actualmente a resolución de la Corte
Suprema).)
Si los objetivos del gobierno
son:
- lograr la continuidad de la empresa,
- evitar la extranjerización del capital,
- coadyuvar a que los acreedores privados del sector productivo recuperan su crédito;
- recuperar el crédito del fisco y de la banca pública; y,
- potenciar a YPF o, aun, intervenir en una gran empresa del comercio exterior del complejo cerealero.
Creo que es posible y plausible
explorar una solución que evite la expropiación, mediante un
acuerdo que permita la capitalización de los créditos en una nueva
sociedad o en una Vicentin renovada, preservando la empresa y
recuperando su principal activo. Con esto último aludo a revisar la
cesión de la participación de control sobre Renova.
El rol de los accionistas depende
de muchas circunstancias que aún no son claras. Una de ellas es el
valor de la empresa, esto es, de todo el grupo económico como
hacienda mercantil en funcionamiento.
Esta idea presenta
inconvenientes, porque en los tiempos del concurso, tales
definiciones se darían recién a fines del año que viene. Pero creo
que son solucionables en el marco del derecho, generando consensos y
con gestión. El involucramiento activo del gobernador de Santa Fe
constituye una señal relevante.
La
cesión de las acciones de control de Renova S.A.
El
activo más valioso de Vicentin es (o era) su participación en
Renova. Según la propia Vicentin, se trata de “la planta de
crushing
más grande y moderna del mundo” que “cuenta con puerto propio
sobre el río Paraná” (Textual del escrito de presentación en
concurso. El escrito contiene gráficos que se reproducen y muestran
la magnitud de Renova en el contexto total de la empresa Vicentín.
El escrito de la IGJ de Santa Fe
contiene un estudio del grupo societario.)
Al
presentarse en concurso, sin profundizar, dice que Renova se
constituyó en 2007 y que Vicentin tenía el 50 % pero que, al
concursarse, solo poseía el 33,33 %. No informa cuándo, cómo, ni
por qué título cedió el control de su mejor negocio.
El jueves 18, el periodista Raúl
Dellatorre informó que, según los bancos acreedores extranjeros, la
cesión ocurrió el 2 de diciembre de 2019, en favor de la
multinacional suiza Glencore, por 122 millones de dólares.
No se ha indicado dónde están
esos 122 millones de dólares.
Ese valor por el 16,67 % de
Renova supone una cotización total inferior a 750 millones de
dólares, pues hay que considerar que se transfiere el control sobre
la compañía. Se dice que valdría más. No tengo capacidad para
estimar su valor.
Supongamos que ese precio era
justo por el 16,67 % más el control de Renova. El ocultamiento de
ese activo (aun cuando la venta haya sido por medio de una
controlada, Vicentín Paraguay S.A.), es una conducta reprochable.
Más grave sería si el valor
fuera superior a los 122 millones de dólares supuestamente pagados
por Glencore. Por seguir indagando, ¿habrá habido deudas con
Glencore y parte del precio se imputó a su cancelación?
La falta de información genera
más preguntas. ¿Los 122 millones de dólares fueron entregados en
efectivo o hubo cancelación de créditos de Glencore? ¿El precio
pudo haber sido mayor, los 122 millones de dólares fueron en
efectivo y hubo un saldo imputado a cancelación de créditos? Si así
hubiera ocurrido, estamos ante un pago con entrega de bienes.
¿Sabía Glencore al 2 de
diciembre de 2019 que Vicentin estaba en cesación de pagos? Difícil
que lo ignorara un profesional que, además, es su socio (La
operación tal vez se hizo por cesión en favor de Oleaginosa Moreno
S.A., controlada por Glencore. El Cronista del 17.12.2019 ya
informaba que la cesión fue el 02.12.2019, en favor de Renaisco BV,
de ese grupo: y que el ingreso fue usado para “pagar deudas
comerciales” según un comunicado que no indica quién lo emite.).
Haya sido un pago por entrega de
bienes —tal vez de deuda no vencida— o una venta a bajo precio o,
de cualquier modo, una operación perjudicial para el deudor o que
rompió la igualdad con los demás acreedores, puede ser cuestionada.
Genera consecuencias concursales y tal vez penales, a pesar de que la
legislación no es lo suficientemente inteligente y severa para
evitar fraudes y asegurar la paridad de los acreedores que declama
como principio rector del concurso.
Si bien los institutos de la
ineficacia y la revocatoria concursal funcionan en la quiebra,
durante el concurso el juez y el síndico deben indagar sobre la
situación patrimonial en general y en esos hechos en particular. Aun
puede disponer alguna medida cautelar.
Aunque la quiebra esté lejana,
el estudio de la operación debe profundizase. Renova no es un
negocio que se agote en uno o dos años. Y parece un elemento
esencial en la organización de Vicentin como empresa (El pago por
entrega de bienes es un hecho revelador de la cesación de pagos
(art. 79 inc. 5 LCQ).).
La
obligación de informar
La
Nación del 16 de junio afirmó la existencia de un proceso
(discovery)
iniciado en Nueva York por los bancos acreedores para exigir que
Vicentin, como deudor, informe sobre su situación patrimonial,
negocios, etc.
Según la nota, los directores de
Vicentin habrían dicho que les da la oportunidad para informar,
porque no tienen nada que ocultar. No necesitan viajar a los Estados
Unidos para ser transparentes e informar de sus negocios. Deben
hacerlo ante el juez del concurso, en Santa Fe.
Nuestro
discovery
es en el concurso preventivo. Allí deben informar los accionistas y
miembros del directorio de Vicentín. También al interventor
designado por el Ejecutivo —devenido en veedor según la reciente
resolución del juez—, a sus acreedores de la comunidad de Santa Fe
y del sector público, y a las autoridades del gobierno de Santa Fe.
Entre otros puntos, por qué
excluyeron de su patrimonio el principal activo de la empresa a pocas
semanas de concursarse, por un precio que algunos consideran que no
es el correcto y que. por último, no indicaron dónde está
depositado.
En
materia concursal, a pesar de la reforma de Cavallo en los ’90 que
redujo y dificultó las acciones de recomposición patrimonial, los
actos manifiestamente perjudiciales para los acreedores realizados en
el período de sospecha son inoponibles a los acreedores (actos a
título gratuito, o pago anticipado de deudas cuyo vencimiento según
el título debía producirse en el día de la quiebra o con
posterioridad) sin necesidad de proceso. Los demás actos
perjudiciales para los acreedores, otorgados en el período de
sospecha pueden ser declarados ineficaces respecto de los acreedores,
si quien celebro el acto con el fallido tenía conocimiento del
estado de cesación de pagos del deudor. El tercero debe probar que
el acto no causó perjuicio.
Cuando se conozcan los hechos,
los especialistas deberán estudiar si hubo delito, en cuyo caso la
investigación no correspondería a la justicia federal, sino a los
tribunales ordinarios de la provincia de Santa Fe. En materia
penal, el Código Penal mantiene la redacción original de Rodolfo
Moreno (h) sancionado en 1921, cuando los negocios mercantiles eran
muy diferentes, y regía otra ley de quiebras. Los tipos penales de
la quiebra fraudulenta exigen que el deudor sea declarado en quiebra.
Más amplio es el previsto en el artículo 174 inciso 6, incorporado
durante la crisis de 2002.
Según
la última encuesta del Reuters Institute, la credibilidad en las
noticias bajó seis puntos en comparación a los datos de 2019. El
estudio actualiza tendencias en consumo, acceso y migración de
plataformas y dispositivos. Un capítulo aparte jugó la pandemia.
Nunca
como en la actualidad las noticias fueron tan masivas, inmediatas y
globales y el acceso de los periodistas a fuentes y documentos tan
amplio pero, a la vez, las noticias, los medios y los periodistas
resultaron tan cuestionados socialmente y tan sospechados por su
público. El estudio que el Reuters Institute de la Universidad de
Oxford presenta hoy, basado en encuestas realizadas en 40 países,
ayuda a comprender la sostenida caída de la credibilidad de los
medios, pondera la importancia asignada a la pandemia Covid-19 en las
comunicaciones públicas y privadas de medios informativos y de
especialistas y fuentes oficiales, constata el alto nivel de
concentración de las audiencias y caracteriza rasgos centrales de la
migración hacia plataformas digitales y dispositivos móviles.
Con gran amplitud temática, la
encuesta del Reuters Institute abarca desde la preocupación por las
llamadas fake news y las operaciones de desinformación, lo que la
Organización Mundial de la Salud (OMS) llama “infodemia”, hasta
la adopción de modelos de pago como condición de acceso por algunos
medios periodísticos, la confianza/desconfianza en instituciones
políticas y en los medios de comunicación, pasando por el cambio de
hábitos informativos en el marco de la pandemia y la percepción
social sobre temas de agenda global como el cambio climático. Los
resultados del reporte completo pueden encontrarse en la web del
instituto.
Si bien el informe reconoce que
todas las encuestas online subestiman los hábitos de los sectores
sociales sin buena conectividad (o, directamente, sin acceso a las
TIC), en un país como la Argentina, como en la mayoría de los del
“sur global”, ese es un obstáculo que limita la pretensión de
representatividad. Sin embargo, el trabajo se suma a los hallazgos de
otros estudios previos y actuales, como encuestas de opinión pública
presenciales realizadas en distintos sectores, y hay tendencias que
este informe confirma y actualiza. Además, tiene la virtud de
establecer comparaciones entre países en base a la misma técnica de
sondeo.
En el último año, la confianza
en las noticias en general cayó seis puntos en Argentina (alcanza el
33%) respecto al informe del año anterior. Según el Reuters
Institute, la confianza en el país bajó dos puntos respecto a las
noticias encontradas en motores de búsqueda (de 38% a 36%) y tres
puntos respecto a la confianza en las noticias que los encuestados
dicen usar (de 47% a 44%). El reporte vincula esos fuertes niveles de
desconfianza a “los altos niveles de polarización política” con
los que operan los medios más importantes de la Argentina, cuyo
resguardo de la calidad informativa se halla en sus horas más bajas.
Para el Reuters Institute, la
caída de la confianza en los medios es parte de un contexto global.
Sólo cuatro de cada diez respuestas (38%) sostienen que confían en
las noticias. Ese porcentaje representa una caída de cuatro puntos
respecto al informe 2019. De acuerdo a la encuesta, la Argentina se
encuentra en el puesto 25 de los 40 países relevados e integra el
pelotón de los países con más descreimiento junto a Chile, Italia,
Estados Unidos, el Reino Unido o Hungría.
La
credibilidad que los encuestados argentinos asignan a fuentes
oficiales científicas y expertas, y que en el marco de la pandemia
supera el 70% en los sondeos de opinión hechos en el país,
contrasta con el descrédito de los medios, conductores y opinadores
mediáticos más grandes. Es interesante este contraste, pues la
confianza y la aprobación ganadas por científicos y fuentes
especializadas están vinculadas con la utilidad social percibida por
sus trabajos, por lo que hay un reconocimiento social a su labor, a
pesar de la campaña de desprestigio y desfinanciamiento desplegada
contra el sistema científico en el gobierno de Mauricio Macri
(2015-2019), en parte difundida por los mismos medios, conductores y
columnistas más notorios del país que no gozan del aprecio público
mayoritario.
La
desconfianza en los medios y periodistas del establishment no es
nueva: en 2018, una encuesta global conducida por el Pew Research
Center arrojaba números rojos para el ecosistema de información y
opinión de la Argentina en relación a otros países. Ya una década
antes, la consultora Mora y Araujo difundía un estudio que mostraba
que la imagen negativa de los principales medios (Clarín, La Nación,
Página 12, Radio Mitre, Radio 10 y Radio Continental) superaba con
creces su imagen positiva.
Otro eje del informe del Reuters
Institute publicado hoy refiere a la concentración de audiencias,
tendencia que profundiza también un rasgo estructural del mapa de
medios argentino, que es altamente concentrado en pocos grupos: según
el porcentaje de uso semanal de 2020, los medios digitales más
visitados en la Argentina son Infobae (40%), TN online (36%) y Clarín
online (29%). Cuando se refiere a la televisión, la radio y la
prensa impresa, los porcentajes cambian (ver gráficos). Si se suman
los medios propiedad del Grupo Clarín (TN, Clarín, Canal 13, Radio
Mitre, La 100, La Voz del Interior), su posición dominante resulta
indiscutida, incluso sin tomar en cuenta su expansión en tv de pago
con Cablevisión y en telecomunicaciones con Telecom, gracias a la
inédita fusión concretada entre 2017 y 2018.
Migración
de audiencias
Según el informe, por primera
vez las redes sociales superan a la televisión en el consumo de
noticias en la Argentina. Sin embargo, al ser una encuesta netamente
online es presumible que hayan quedado afuera de la muestra sectores
socioeconómicos bajos y habitantes de zonas geográficas con
problemas de conectividad. Estudios de usos y prácticas culturales e
informativas locales y presenciales sostienen que la tv, el soporte
de comunicación más extendido del país, persiste con altos índices
de consumo y recibió en la pandemia una masiva afluencia de público,
al menos en el contexto de las primeras fases de la cuarentena, como
lo corrobora la actualización del relevamiento del Reuters
Institute.
Por
otro lado, la encuesta arrojó que ocho de cada diez argentinos usan
teléfono inteligente (smartphone). El celular es más utilizado que
la computadora de escritorio (38%) y la tablet (9%) juntas. Respecto
al uso y consumo de información a través del diario en papel, el
informe destaca una caída de 22 puntos en los últimos tres años
(pasó de 45% al 23%) en el país, tendencia que también confirma
los indicadores de una industria en neto declive.
En cuanto a las plataformas más
usadas para el acceso a las noticias digitales, Facebook lidera el
ranking en la Argentina. El 65% respondió enterarse de las noticias
a través de la red social de Mark Zuckerberg, el 38% optó por
Whatsapp (de Facebook) y el 26% por Youtube (de Google). La novedad
es que Instagram (23%, también propiedad de Facebook) incrementó la
distancia sobre Twitter (14%), respecto al año anterior (la brecha
era de tres puntos). A nivel global, en todos los grupos de edad, el
uso de Instagram para noticias se duplicó desde 2018.
Por otro lado, el reporte del
Reuters Institute afirma que en la mayoría de los mercados hubo un
incremento de las suscripciones digitales a medios online, pero una
gran parte de los encuestados respondió que “nada podría
persuadirlos de pagar por noticias”. En el caso de Argentina, el
11% respondió haber pagado por noticias online en el último año,
lo que se traduce en un incremento de tres puntos respecto al año
anterior. De todos modos, hay que tener en cuenta que los paquetes
que combinan ofertas como diario papel más online siguen siendo los
vectores de las suscripciones, sobre todo con la yapa de las tarjetas
de beneficios y descuentos en comercios. Es decir, sigue siendo muy
complejo para los medios depender de los llamados suscriptores
genuinos u orgánicos (aquellos que pagan exclusivamente por los
contenidos web).
El
impacto del COVID-19
Reuters
Instituto actualizó las encuestas en el contexto de la pandemia y lo
hizo en seis de los 40 países relevados (Estados Unidos, Alemania,
España, Reino Unido, Corea del Sur y Argentina).
Los datos mostraron un crecimiento significativo de la exposición a
noticias a través de la tv y de medios digitales, y un porcentaje
destacable (24%) de personas que usó WhatsApp para encontrar,
discutir o compartir noticias sobre el coronavirus. Alrededor de una
quinta parte (18%) dijo haberse unido a un grupo discusión en
Facebook o WhatsApp, con personas que no conocían.
Cuando se les pidió a los
encuestados que elijan su principal fuente de noticias durante la
pandemia, los argentinos mostraron un cambio de preferencias desde el
online hacia la tv (19 puntos, cuando el promedio entre los seis
países seleccionados fue de 12 puntos). Esta tendencia sintoniza con
los datos locales sobre los elevados índices de rating en los
canales de aire y señales de cable, registrados durante el primer
mes de aislamiento.
A su vez, el informe destaca que
la pandemia vino a recordar la importancia de los medios
tradicionales: aún aquellos erosionados en su credibilidad juegan un
papel fundamental en informar a la población. En ese sentido, sólo
un tercio señaló que los medios exageraron el impacto de la
pandemia. La Argentina superó el promedio de los desconfiados con el
41%, seguido por Estados Unidos (38%) (ver gráfico).
El tamaño total de la muestra
alcanzó a 80155 personas de forma online, con una cifra aproximada
de 2000 por país, entre los meses de enero y febrero de este año. A
su vez, la encuesta se amplió por el contexto de la pandemia y
alcanzó un promedio de 1000 personas en cada uno de los seis países
seleccionados (entre ellos, Argentina).
El
integrante de la Comisión Interna de Vicentin y de la conducción
del Sindicato de Aceiteros de Reconquista, Leandro Monzón, expresó
que los trabajadores de la cerealera tienen “gran expectativa”.
La
expectativa crece, ante la reunión que mantendrán Alberto Fernández
y Sergio Nardelli, CEO de la ampresa cerealera. “Tenemos mucha
esperanza de que se mantengan las fuentes laborales y que los
procesos productivos que la empresa cerró hace un año y medio atrás
se puedan reabrir”, dijo Monzón en comunicación con La
Mañana de Víctor Hugo Morales.
Monzón
sostuvo que “los
grandes medios de comunicación generan miedo entre los
trabajadores” y
que por eso desde el sindicato tratan de explicar la situación que
según creen “sera para mejor”. Además dijo que la gran mayoría
de los trabajadores apoyan la medida del gobierno.
Al
ser consultado por las manifestaciones en contra de la
intervención, el
trabajador de la cerealera sostuvo que los que protestan deberían
“ponerse del lado de los trabajadores” y preguntarse qué pasaría
con ellos si Vicentín llegaba a la quiebra. “El
intendente de la ciudad de Avellaneda, Dionisio Scarpin, no apareció
cuando empezó este problema. Nunca se acordó de los trabajadores”,
puntualizó Monzón.
Los
medios hegemónicos alimentan las alienaciones que producen
banderazos sin respetar prevenciones por el virus que azota al país
y al mundo. No les importa la vida … solo los negocios propios y el
de sus socios anti-Estado, pues sostienen la ilusión de un
planeta-mercado-mundo que domine con productos y tecnología a los
ciudadanos-clientes.
La
Pandemia y las post-pandemia constituyen un campo de batalla …
Daniel
Roberto Távora Mac Cormack
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