El poder Agroexportador

 

Como un dilema crónico de nuestra constitución como nación, cada vez que un gobierno con algo de popular accede a la administracion pública, los sectores concentrados de la economía comienzan a manifestar ataques de pánico.

Es que para aquellos sectores que se creen centrales para la economía Nacional pero que toman sus decisiones de formas que favorezcan sus propios intereses sectoriales sin importar su inserción y relación con el resto, cualquier intento de incluirlos en un diseño que vaya mas allá de sus propios, egoistas y mezquinos intereses, se transforma en un peligro para sus privilegios y en un atentado “ a la democracia”. “la libertad” y el “libre juego de la economía de mercado” . En realidad esta ilusión no solo es mera ilusión, sino un arma con la que sectores vinculados a estos, sostienen las presiones internacionales y los vinculos dominantes respecto a nuestra realidad, nuestros recursos y nuestras posibilidades de desarrollo como Estado soberano.


La agroindustria pretende consensuar con el gobierno nacional un proyecto de ley para potenciar las exportaciones desde los actuales 65.000 millones de dólares a 100.000 millones. Objetivo más que loable. Pero insuficiente. Quizás no se trate solamente de incrementar las ventas al exterior sino de mejorar, intensificar y hasta crear nueva regulación que evite la enorme discrecionalidad con la que un puñado de compañías –nacionales y multinacionales– manejan el comercio de granos.

Su poderío se observa en la capacidad hegemónica de hacerse con las materias primas, en ser dueñas de los puertos y en algunos casos tener sus propios ferrocarriles. Además de contar con la capacidad de especular con el tipo de cambio a través de la no liquidación de divisas, a pesar de las regulaciones del Banco Central.

El transporte de materias primas por operativo ferroviario carece de control ya que nadie certifica la mercadería que se carga en origen ni la que se descarga en destino, por lo general en Terminales Portuarias. La mercadería almacenada en silos bolsa en el campo muchas veces se sube directamente al camión y se traslada sin ningún tipo de control ni certificación. En definitiva, la liquidación impositiva depende exclusivamente de sus declaraciones juradas, sin tener posibilidad el Estado de auditar la veracidad de las mismas”.

El diagnóstico corresponde a un informe de la Unión Recibidores de Granos y Anexos de la República Argentina (URGARA) que fue entregado a la senadora María de los Ángeles Sacnun (FdT, Santa Fe) hacia fines de septiembre. En algún punto, las cerealeras –la mayoría nucleadas en la Cámara de la Industria Aceitera (Ciara-CEC)– hacen lo que quieren porque cuentan con un andamiaje jurídico que las ampara.

El pasado 8 de noviembre El Cohete informó que el Banco Central había cursado una serie de intimaciones a un conjunto de cerealeras porque, en plena puja cambiaria, no ingresaban las divisas en tiempo y forma (15 días de concretadas las operaciones).

La semana pasada también se informó que Vicentin y el Grupo Olio (Díaz y Forti) no habían ingresado divisas por 900 millones de dólares. Finalmente, a Díaz y Forti –que operaba las instalaciones de la cerealera quebrada– se le prohibió exportar y quedó excluida del mercado de cambios, luego de ser intimada por el Banco Central.

Pero no fueron las únicas intimadas por la autoridad monetaria. El listado lo completan Aceitera General Deheza (AGD), propiedad de Roberto Urquía y el actual presidente de la UIA, Miguel Acevedo, la multinacional Bunge, Molinos Agropecuaria SA y Oleaginosa Moreno Hermanos SA.

Jugadores de toda la cancha

La CIARA-CEC informó que en noviembre se liquidó un total de 1734 millones de dólares, apenas un 1% más que en octubre. Sin embargo, en la comparación interanual la merma fue del 20%. En el acumulado del año se liquidaron 18.583 millones de dólares, un 14% menos que en el mismo período de 2019.

Luego de las PASO del año pasado las cerealeras adelantaron ventas para saltearse el aumento de las retenciones a la soja, que finalmente ocurrió durante los primeros meses del año pandémico. De esa manera, se garantizaron una ganancia extra.

Como especuladores de toda la cancha, luego de adelantar ventas decidieron sentarse sobre los dólares en medio de la puja cambiaria de septiembre y octubre. Sin embargo, fueron de los sectores a los que mejor trató el gobierno nacional a sabiendas de que el país necesita de sus dólares. Les redujeron –temporalmente– las retenciones a la soja y se estableció un diferencial a favor de la industria. Y ahora avanzan con un proyecto de ley donde se garantizarían estabilidad fiscal por una década.

Las empresas intimadas por el BCRA por no liquidar divisas en tiempo y forma, y contribuir de esta manera con la presión cambiaria y a un clima general de devaluación, presentaron Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) por un total de 23.885.156 toneladas entre enero y noviembre. Obtuvieron ganancias extraordinarias, tal como lo demuestran sus balances. Tal poder económico es directamente proporcional a su capacidad para la desestabilización financiera.

AGD

El caso de AGD es paradigmático. En 2019 fue el segundo exportador de aceites y subproductos con 5,8 millones de toneladas, debajo de Vicentin que vendió al exterior 7,4 millones de toneladas. En el rubro cereales sus ventas totalizaron las 3,1 millones de toneladas. Según informó la propia compañía, su ejercicio 2019/2020 cerró con un resultado consolidado (ganancia) de 310 millones de dólares.

Esta sociedad, cuyos dueños son el ex senador del Frente para la Victoria Roberto Urquía y el actual titular de la UIA, Miguel Acevedo, forma parte del grupo de empresas descriptas en el documento de URGARA. Dueña de su propio ramal ferroviario –Nuevo Central Argentino– y de los puertos Terminal 6, Timbúes y Guide SA, esta última en alianza con Bunge.

 

Por suerte llegó la resolución 132 de Agricultura, porque el poder omnipresente que tienen es tremendo. Hay que revisar todo el marco legislativo vigente, que viene tanto de la última dictadura cívico militar como del neoliberalismo. El caso de Vicentin nos muestra que las cerealeras manejan la liquidación formal de divisas, aplican todo tipo de mecanismos de elusión fiscal y controlan lo que ocurre en los puertos. Esto no se puede permitir más”, explicó a El Cohete Sergio Arelovich, coordinador del Mirador de la Actualidad del Trabajo y la Economía (Mate) y asesor de la Federación de trabajadores del complejo oleaginoso.

La Resolución 132 establece que los operadores que no cumplan con la normativa cambiaria (liquidación de divisas dentro de los 15 días de concretada la exportación) quedarán excluidos del Registro Único de Operadores de Granos (RUCA). La industria cerealera sostuvo que la norma apuntaba a los frigoríficos. Pero no sólo a ellos.

La sociedad Díaz y Forti, operadora de las instalaciones de Vicentin, ya había quedado afuera del RUCA y el mismo día de la publicación en el Boletín Oficial de la normativa de Agricultura el BCRA la suspendió del mercado de cambio.

Las otras intimadas por el Central son AGD, Molinos SA, Bunge y Oleaginosa Moreno.

La nueva reglamentación de Agricultura coincidió con la realización de la 26° Conferencia industrial organizada por la UIA, donde los popes del sector hablaron de reglas de juego claras y de seguridad jurídica y expusieron nuevamente sus críticas hacia el Aporte Solidario de las grandes fortunas.

No hay tiempo para más demoras, las oportunidades se agotan. El mundo está moviendo las piezas muy rápido mientras nosotros discutimos nuestro juego interno. La industria crece en los países prósperos con buenos empleos y salarios”, sostuvo el titular de la UIA, según consignó la agencia Télam.

Acevedo, como dueño de AGD, fue uno de los intimados por el BCRA por la no liquidación de divisas en tiempo y forma. Por su peso dentro del mercado no fue poca la incidencia de esta cerealera en el clima de incertidumbre que se vivió entre septiembre y octubre.

El Cohete consultó dentro de AGD por la intimación que recibieron del BCRA. Su respuesta deja varios interrogantes. Por un lado argumentan que desde septiembre de 2019, post derrota de Cambiemos en las PASO, el Central y los bancos designados por las cerealeras dejaron de “hacer un seguimiento de las liquidaciones”. Es decir, más allá de los 15 días para liquidar, el macrismo les dejó hacer lo que quisieran. Y la situación parece replicarse.


Desde AGD confirmaron que hubo varias notificaciones a distintas sociedades y reconocieron, tácitamente, sus propios “retrasos” en la liquidación de divisas. “En el caso de AGD se ha aportado el 90% de pendientes y se está en condiciones de afirmar que lo restante proviene exclusivamente de demoras en los bancos intervinientes”, le transmitieron a este periodista desde la compañía.

Caos

La mención a la falta de información de los bancos –que son las entidades que piden los dólares al Central– no es ingenua. Es cierto que existe un caos informativo desde septiembre de 2019 y todavía no se resolvió, a casi un año de la nueva gestión de gobierno. El tema de fondo es que las aceiteras intimadas se escudan detrás de ese caos para no ingresar las divisas. Es decir, caos para la especulación.

Si de 700 millones de dólares les falta liquidar 100 millones es mucha plata igualmente. Y cualquiera de estas empresas maneja estos volúmenes. Si el problema fuera solamente de los bancos que no informan, como aducen, ¿no deberían insistirles para que regularicen el circuito de comunicación con el BCRA?

La pregunta es casi retórica. Hay quienes ganan con ese caos. Parte de las divisas del comercio exterior agroindustrial siguen sin ingresar al BCRA. También quedó al descubierto el rol de ciertas entidades financieras, como el Citi, Santander y Galicia, que juegan a “la desinformación” en connivencia con las propias cerealeras. Si Paul McCartney editó el disco Caos y destrucción, esta saga podría llamarse Caos informativo y especulación.

Vicentin

Vicentin es el caso paradigmático para hablar de todo lo subterráneo que sucede en el sector agroexportador. Es un prisma para auscultar el comportamiento del “sector más dinámico de la economía”: precios de transferencias, triangulación, comercialización en negro, manejos discrecionales en los puertos. No liquidación de divisas. La empresa quebrada tenía sin ingresar al BCRA 500 millones de dólares y el Grupo Olio, que empezó a utilizar sus instalaciones, otros 400 millones.

El juez Fabián Lorenzini resolvió la intervención de Vicentin por su sistemática omisión de brindar información dentro del expediente del concurso. Sin embargo, decidió mantener al actual directorio. El conflicto se inició en febrero de este año y la sociedad recién presentó sus balances cerrados en octubre de 2019 el pasado 28 de septiembre.

Ante la situación de quebranto, Vicentin acordó con Oleaginosa Moreno la explotación de contratos de fazón (uso de las instalaciones industriales) para cumplir con la producción destinada a Renova, la otra sociedad de la que es parte la cerealera quebrada con un 33% de participación.

Ambas sociedades –Grupo Olio y Oleaginosa Moreno–, que pretendieron funcionar como un salvavidas para la ahora intervenida, también fueron intimadas por el BCRA como consecuencia de la no liquidación de divisas. El mismo patrón de conducta para un puñado de sociedades a las que no les falta rentabilidad.

De hecho, entre enero y noviembre, Oleaginosa Moreno presentó Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior por 7,7 millones de toneladas. Díaz y Forti (Grupo Olio) por otros 2,4 millones de toneladas. Bunge, otra de las intimadas por el BCRA, presentó DJVE por 5,2 millones de toneladas, y Molinos Agro por otros 3,2 millones. Esta última sociedad obtuvo una ganancia de 26,5 millones de dólares entre enero y septiembre de este año según el balance presentado ante la Comisión Nacional de Valores, un incremento del 73% en relación al mismo período del año pasado. Caos y especulación.

Aduana

Parte de esta historia incluye a los grandes productores sojeros que, ante la brecha cambiaria y más allá de la estabilización de las últimas semanas, también se sentaron sobre sus granos para especular con una devaluación. Entonces la industria recurrió a la importación de soja de Paraguay y Uruguay. En septiembre trajeron granos por 230 millones de dólares y en octubre por 170 millones, que fueron procesados como aceite y exportados.


 Hay quienes reclaman, dentro y fuera del gobierno nacional, que las autoridades de control (sobre todo la Aduana) deberían poner la mirada en los barcos que llegan para cargar soja en Rosario pero que primero pasan por Uruguay. Algunas sociedades declaran que esos barcos ya vienen cargados con un 30 por ciento de granos desde el país vecino pero en realidad están vacíos. Lo hacen para no pagar retenciones y declarar menos exportaciones de las que realmente realizan.

(https://www.elcohetealaluna.com/caos-y-especulacion/)

Bancos Granos y monedas

A diario se publican diferentes valores del dólar. En los medios se habla del oficial, el más bajo, y los blue, MEP (Mercado Electrónico de Pagos), CCL (Contado con Liquidación), Solidario (oficial más impuestos y retenciones), etc., más altos.

La brecha entre el oficial y los otros, según Guzman, se debe en parte a “la resaca de la bicicleta”.

La mayoría de los economistas opina que el oficial no es barato (o tan barato), y en general afirman que los otros son altos. Algunos industrialistas creen que el oficial es bajo porque no tiende al pleno empleo. Los especuladores dicen que, a mediano plazo, nunca baja. Ese debate me supera. Pero puede extraerse una obviedad: no existe un valor justo o “verdadero”. Sino que, dentro de ciertos márgenes, supone valoraciones, objetivos de política económica e intereses sectoriales, algunos legítimos otros discutibles.

Los economistas liberales y algunos medios instalaron la idea de que el dólar oficial expresa un valor ficticio, mientras que los otros (MEP, CCL, blue, etc.) son el “dólar libre”, que representa un valor real, justo o verdadero, producto de la oferta y la demanda en un mercado perfecto, transparente.

Propongo analizar si esto es así y, luego, si la Constitución establece alguna regla para fijar el valor de la moneda.

Las consecuencias no son menores. Es relevante para la discusión política y la interpretación de los contratos.

Mercado oficial (BCRA) Vs. Mercado MEP

La idea de supuesto sentido común es que el dólar oficial obedece a la pura decisión del Estado, que suponen arbitraria. Mientras que el blue, MEP y CCL surgen de un mercado libre.

Tomemos el MEP que, de los no oficiales, es el que más volumen involucra dentro del país.

El valor del “dólar MEP” no surge de una operación de cambio. Es decir, no surge de una compraventa de monedas. Sino que es el resultado, aleatorio, de la compraventa sucesiva de títulos que cotizan en pesos y moneda extranjera, con un plazo intermedio. Un sujeto con pesos compra bonos. Debe esperar unos días (parking) por una norma que estableció el Estado para tornar incierto el resultado financiero. Y luego los vende, contra un pago en dólares. El proceso puede hacerse a la inversa. Es un negocio legítimo, no es ilegal.

Jurídicamente, no es una compraventa entre monedas. No provee una cotización sino una estimación de cuántos dólares se puede adquirir, luego de cierto plazo, con determinada cantidad de pesos.

¿Cómo es ese mercado? Ya vimos que es difícil afirmar que exista algún mercado de monedas perfecto, libre de interferencias, etc. Los Estados tienen interés en fijar el valor de sus monedas y los operadores financieros viven de especular con las fluctuaciones. Así, lo de “dólar libre” parece una contradicción en sí misma.

Lo cierto es que este mercado del dólar (corrijo: de títulos) no es tan libre. Operan, precisamente, aquellos que no pueden operar en el mercado oficial, es decir, el que regula el Banco Central. En el MEP no operan los exportadores ni los importadores. Ni los bancos, ni los emisores de tarjetas de crédito. Ni las empresas y provincias que toman o deben pagar deudas en el exterior. Quien opera en el MEP no puede acceder al mercado de cambio oficial.

Es un mercado cuyo volumen es sensiblemente menor que el regulado por el Banco Central. [El CCL es similar. La diferencia es que la venta del bono se hace en el exterior.]

El mercado de cambios regulado por el BCRA

Veamos al mercado oficial. Es la expresión en este momento histórico del valor (o del modo de llegar al valor) de la moneda que establece el Estado federal. O que pretende establecer, pues no siempre lo logra.

Hoy se rige por el decreto 260/2002, modificado por la ley 27.444 de 2018. [Establécese un mercado libre de cambios por el cual se cursarán las operaciones de cambio que sean realizadas por las entidades financieras y las demás personas autorizadas por el Banco Central de la República Argentina para dedicarse de manera permanente o habitual al comercio de la compra y venta de monedas y billetes extranjeros, oro amonedado o en barra de buena entrega y cheques de viajero, giros, transferencias u operaciones análogas en moneda extranjera.”: art. 1, texto según ley 27.444 de 2018.

 

Solo acceden quienes cuentan con autorización del Banco Central. Actualmente, todos los exportadores de bienes y servicios están obligados a vender en ese mercado las divisas que obtienen de sus operaciones. [La regla del ponderado decreto de Illia.] Allí acuden los importadores. También las entidades financieras, los grandes deudores corporativos y el propio Banco Central.

Analizados los dos mercados, la conclusión es que ninguno está exento de interferencias; el que regula el Banco Central es mucho más grande y allí operan los grandes jugadores. Además, es el único mercado de cambio legal, mientras que el MEP (y el CCL) no es mercado de cambios, sino de títulos, donde operan los que no pueden acceder al del Banco Central. Por ejemplo, los ahorristas.

El valor de la moneda, según la Constitución

¿Tiene el Estado federal facultades para fijar el valor de la moneda?

A los constitucionalistas les gusta referir a la moneda como un elemento esencial a la idea de Estado. Dice Joaquín V. González que el poder de fijar su valor y el de las extranjeras “ha sido considerado en todos los tiempos y países como unos de los atributos más esenciales de la soberanía, y una función propia y exclusiva del Estado general, porque regula el valor de todas las cosas, afecta la vida económica de todo el país”.

El valor de la moneda es fijado por el Banco Central (o surge de las reglas que establece), como institución del Estado federal encargado de ejercer la competencia que la Constitución le da al Congreso de “hacer sellar moneda, fijar su valor y el de las extranjeras” (art. 75 inc. 11, C.N.).

La Corte Suprema, desde el siglo XIX relacionó la moneda con “los atributos generales de soberanía y su constante aplicación en las naciones civilizadas” (Fallos 36: 177 y 52: 413). En 1927 sostuvo que “terminantes preceptos de la Constitución… confieren al gobierno general todo lo relativo a esta materia” (Fallos: 149: 187). En épocas del primer peronismo mantuvo invariable la doctrina, afirmando que la cuestión “afecta esencialmente uno de los atributos fundamentales de la soberanía del Estado Argentino: el valor de la moneda circulante y su fuerza cancelatoria en el cumplimiento de las obligaciones” (Fallos: 225: 135; 226: 261). En 1992, épocas de convertibilidad, dijo que “aun cuando el valor de la moneda se establece en función de las condiciones generales de la economía, su fijación es un acto reservado al Congreso Nacional por disposiciones constitucionales expresas y claras” (Fallos: 315: 158 y 993).

 Final

Jurídicamente creo que no hay dudas: el valor de la moneda lo fija, con acierto o error para la economía, el gobierno federal por medio de sus organismos, en particular, el Banco Central. Si esa decisión es correcta o no en términos de política económica en cada momento es otra cuestión.

Pienso que es también errado hablar en la Argentina de un dólar libre, expresión de un mercado perfecto o transparente y de uno oficial, falso o ficticio. [Nota para leguleyos.

Las consecuencias del tema referido son políticas, pero también repercute en una variedad de contratos entre privados donde las obligaciones se pactan en dólares, pero que la ley admite que el deudor pueda cancelarlas “dando el equivalente” en pesos. Se discute si esa regla del art. 765 Código Civil y Comercial es imperativa, o si puede ser dejada de lado por acuerdo de partes. La mayoría de los civilistas afirman esta última posición.

Abogados y profesores de derecho se preguntan cuál es el dólar que debe adoptarse. Creo que la pregunta es incorrecta pues soslaya la cuestión constitucional descrita.

Los particulares pueden pactar sus obligaciones del modo que quieran, pero -a mi modo de ver- si no existe una convención que diga lo contrario, cuando una obligación está expresada en dólares, el valor equivalente en pesos es el que surge del mercado regulado por el Banco Central. Como referí, el valor de la moneda la fija, con acierto o error, el Estado. Que, además, puede tener como objetivo político favorecer la liberación de los deudores. Ese objetivo, que no se expresa nítidamente en la actualidad, al menos por ahora, fue manifiesto luego de crisis del 2001.

Si ese valor que fija el estado argentino rompe la equivalencia de las prestaciones en algún contrato, y alguna parte alega y prueba que ese valor es injusto respecto de la contraprestación, acreditando la desproporción, pienso que la solución no pasa por restaurar la equidad por la vía de ignorar la potestad del Estado de fijar el tipo de cambio, sino de hacerlo aplicando instituciones del derecho civil como la imprevisión, el “esfuerzo compartido”, o, si se dan los supuestos, la lesión enorme, etc.] 

https://www.elcohetealaluna.com/todos-los-dolares-el-dolar/

Una afirmación del sentido común, pero que no por ello es menos cierta, dá cuenta de que si en el juego de precios del mercado oficial, es el BCRA el actor mas importante y que marca las reglas de juego, en todos los otros lo son los Bancos privados (en especial los extranjeros) y el Sector agroexportador (En especial transnacionalizados). Por tanto es ilógico pensar estas disputas en terminos de la “grieta interna” a las que nos someten los medios de comunicación hegemónicos como Clarín, asociados a la bolsa de Londres donde participa como empresa. De allí que se “naturalice” la publicidad de la cotización ilegal de moneda extranjera, como si se tratase de una transacción legal. Es como si el precio de sustancias prohibidas como la cocaína, fuesen publicitadas como noticia en su valor o cotización del día, o si fuera licito publicar el precio por hora de cualquier servicio sexual.


Daniel Roberto Távora Mac Cormack

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